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18 may 2009
Resolución de 26 de diciembre de 2005, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre organización y atribución de competencias en el área de recaudación
Qué ha cambiado (1 artículo)
Cuarto▾
Eliminado1.1 Aplazamientos.–Corresponde a los titulares de las Delegaciones Especiales la resolución o inadmisión de los aplazamientos y fraccionamientos de pago solicitados cuando la gestión recaudatoria de las deudas cuyo aplazamiento o fraccionamiento se solicita corresponda a la Dependencia Regional de Recaudación de acuerdo con la atribución de competencias que se fija en la presente Resolución.
AntesNo obstante, no le corresponderán las competencias citadas en el apartado anterior cuando se trate de expedientes de aplazamiento o fraccionamiento de deudas cuyo importe conjunto no exceda de 6.000 euros. A efectos de la determinación de tal importe se incluirán la totalidad de deudas y vencimientos del deudor pendientes de ingreso, incluidos en solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento pendientes de resolución o concedidos, salvo que estén garantizadas.
Ahora1.1 Aplazamientos.
Párrafo añadido
Corresponde a los titulares de las Delegaciones Especiales la resolución o inadmisión de los aplazamientos y fraccionamientos de pago solicitados cuando la gestión recaudatoria de las deudas cuyo aplazamiento o fraccionamiento se solicita corresponda a la Dependencia Regional de Recaudación de acuerdo con la atribución de competencias que se fija en la presente Resolución.
Eliminado2.1 Aplazamientos.–Corresponde a los titulares de las Delegaciones la resolución o inadmisión de los aplazamientos y fraccionamientos de pago solicitados cuando la gestión recaudatoria de las deudas cuyo aplazamiento o fraccionamiento se solicita corresponda a la Dependencia de Recaudación, de acuerdo con la atribución de competencias que se fija en la presente Resolución.
AntesAsimismo, le corresponderán las competencias citadas en el párrafo anterior cuando se trate de expedientes de aplazamiento o fraccionamiento de deudas cuyo importe conjunto no exceda de 6.000 euros. A efectos de la determinación de tal importe se incluirán la totalidad de deudas y vencimientos pendientes de ingreso del deudor incluidos en solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento pendientes de resolución o concedidos, salvo que estén garantizadas.
Ahora2.1 Aplazamientos.
Párrafo añadido
Corresponde a los titulares de las Delegaciones la resolución o inadmisión de los aplazamientos y fraccionamientos de pago solicitados cuando la gestión recaudatoria de las deudas cuyo aplazamiento o fraccionamiento se solicita corresponda a la Dependencia de Recaudación, de acuerdo con la atribución de competencias que se fija en la presente Resolución.
Eliminado3. Competencias de los titulares de las Administraciones de la Agencia Tributaria en materia de aplazamientos.–Corresponde a los Administradores la resolución o inadmisión de los aplazamientos o fraccionamientos de pago solicitados cuando la gestión recaudatoria de las deudas cuyo aplazamiento o fraccionamiento se solicita corresponda a las Unidades Administrativas Regionales de Recaudación de la correspondiente Administración, de acuerdo con la atribución de competencias que se fija en la presente Resolución.
AntesNo obstante, no le corresponderán las competencias citadas en el apartado anterior cuando se trate de expedientes de aplazamiento o fraccionamiento de deudas cuyo importe conjunto no exceda de 6.000 euros. A efectos de la determinación de tal importe se incluirán la totalidad de deudas y vencimientos del deudor pendientes de ingreso, incluidos en solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento pendientes de resolución o concedidos, salvo que estén garantizadas.
Ahora3. Competencias de los titulares de las Administraciones de la Agencia Tributaria en materia de aplazamientos.
Párrafo añadido
Corresponde a los Administradores la resolución o inadmisión de los aplazamientos o fraccionamientos de pago solicitados cuando la gestión recaudatoria de las deudas cuyo aplazamiento o fraccionamiento se solicita corresponda a las Unidades Administrativas Regionales de Recaudación de la correspondiente Administración, de acuerdo con la atribución de competencias que se fija en la presente Resolución.