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29 dic 2008

Ley 10/2004, de 9 de diciembre, del Suelo no Urbanizable

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 24
Párrafo añadido
Tampoco estarán sometidas a declaración de interés comunitario ni a declaración o estimación de impacto ambiental, con independencia de la superficie de la parcela, las instalaciones generadoras de energía solar fotovoltaica que se ubiquen en las cubiertas de las edificaciones legalmente emplazadas en suelo no urbanizable.