Saltar al contenido
← Volver
30 oct 2008

Orden de 26 de julio de 1989 por la que se desarrolla el artículo 86 de la Ley de Mercado de Valores

Qué ha cambiado (1 artículo)

Primero
AntesSe habilita a la Comisión Nacional del Mercado de Valores para establecer y modificar los registros que deben llevar y las normas contables y modelos a que deben ajustar sus estados financieros y auditorías la Sociedad de Bolsas, el Servicio de Compensación y Liquidación de Valores, las Sociedades y Agencias de Valores y los organismos rectores de los mercados bursátiles y de los demás mercados secundarios oficiales distintos del de Deuda Pública en Anotaciones.
AhoraSe habilita a la Comisión Nacional del Mercado de Valores para establecer y modificar los registros que deben llevar y las normas contables y modelos a que se deben ajustar los estados financieros de las entidades citadas en el artículo 84.1 de la Ley del Mercado de Valores.