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26 ene 2008

Ley Foral 8/2007, de 23 de marzo, de las Policías de Navarra

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 30
Antesb) Ser mayor de edad y no superar la edad máxima que se fije reglamentariamente.
Ahorab) Ser mayor de edad y no haber cumplido la edad de 36 años.