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5 dic 2007
Decreto 2864/1974, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes 116/1969, de 30 de diciembre, y 24/1972, de 21 de junio, por el que se regula el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar
Qué ha cambiado (1 artículo)
Art 2▾
Eliminadob) Trabajadores por cuenta propia o autónomos que realicen de forma habitual, personal y directa alguna de las actividades que a continuación se enumeran, siempre que la misma constituya su medio fundamental de vida y concurren las demás condiciones que reglamentariamente se determinen respecto a cada una de dichas actividades.
Eliminado1.° Los armadores de pequeñas embarcaciones que trabajen a bordo de ellas.
Eliminado2.° Las que se dediquen a la extracción de productos de mar.
Eliminado3.º Los rederos que no realicen sus faenas por cuenta de una Empresa pesquera determinada.
Antes4.º**(Derogado).**
Ahorab) Trabajadores por cuenta propia o autónomos que realicen de forma habitual, personal y directa alguna de las actividades que a continuación se enumeran, siempre que la misma constituya su medio fundamental de vida y concurran las demás circunstancias que reglamentariamente se determinen respecto a cada una de dichas actividades:
Párrafo añadido
1.º Los armadores de pequeñas embarcaciones que trabajen a bordo de ellas.
Párrafo añadido
2.º Los que se dediquen a la extracción de productos del mar.
Párrafo añadido
3.º Los rederos que no realicen sus faenas por cuenta de una empresa pesquera determinada.
Párrafo añadido
Se presumirá que las anteriores actividades constituyen su medio fundamental de vida, a efectos de la inclusión en este Régimen Especial, siempre que de las mismas se obtengan ingresos para atender a sus propias necesidades o, en su caso, las de la unidad familiar, aun cuando con carácter ocasional o permanente realicen otros trabajos no específicamente marítimo-pesqueros determinantes o no de su inclusión en cualquier otro de los Regímenes del Sistema de la Seguridad Social.