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23 oct 2007

Orden de 18 de diciembre de 1998 por la que se actualiza el uniforme, emblemas y distintivos de los empleados públicos de Instituciones Penitenciarias

Qué ha cambiado (4 artículos)

Segundo
Antesa) Para todo el personal funcionario del área de vigilancia-servicio interior y área mixta.
Ahoraa) Para todo el personal funcionario del área de vigilancia-servicio interior, área mixta, coordinadores de producción y gestores de producción.
Séptimo
EliminadoLos emblemas del Cuerpo serán de forma oval de 60 milímetros de altura por 48 milímetros de ancho, con los siguientes colores en el fondo y en el escudo del Cuerpo:
EliminadoCuerpo Técnico, escudo en oro con fondo blanco.
EliminadoCuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria, escudo en oro con fondo rojo.
EliminadoCuerpo Especial, escudo en oro con fondo gris perla.
EliminadoCuerpo de Ayudantes Técnicos Sanitarios, escudo en plata con fondo rojo.
EliminadoCuerpo de Profesores de EGB, escudo en oro con fondo azul.
EliminadoMaestros de Taller de la Administración Penitenciaria, escudo en plata con fondo azul.
AntesCuerpo de Ayudantes, escudo en plata con fondo gris perla.
Ahora**(Párrafos suprimidos)**
Octavo
EliminadoOctavo.
AntesEl modelo de uniforme, que habrán de usar los funcionarios de Instituciones Penitenciarias y la ubicación de los emblemas, será determinado por resolución del Director general de Instituciones Penitenciarias.
AhoraOctavo. Modelo.
Párrafo añadido
El modelo de uniforme, que habrán de usar los funcionarios de Instituciones Penitenciarias y que responderá al avance de la tecnología textil y de confección, mediante prendas de tejidos ligeros y resistentes, así como el tamaño, color y ubicación del emblema, será determinado por Resolución del Director General de Instituciones Penitenciarias.
Noveno
Eliminado1. Los funcionarios que desempeñan los puestos de trabajo de Director, Gerente, Subdirector, Administrador, Jefe de Servicios, Jefe de Centro, Encargado de Departamento, Jefe de Área Mixta y Coordinador de Producción llevarán un distintivo que consistirá en un pasador metálico, dorado, de 10 centímetros de largo por 15 milímetros de ancho, con la denominación, en letras negras, del puesto.
Eliminado2. El resto del personal funcionario y laboral del establecimiento llevarán como distinto, en la parte superior izquierda del pecho, una tarjeta plastificada con prendedor de 86 x 59 milímetros, en color blanco, en la que se incluirán los siguientes datos: En la parte superior derecha llevará la fotografía del empleado, debajo la firma del Director del establecimiento y en el lado izquierdo las siguientes leyendas en vertical: «Dirección General de Instituciones Penitenciarias». «Centro Penitenciario» (el que corresponda) y «Puesto» (el que desempeñen).
Antes3. Estos distintivos personales serán obligatorios tanto para el personal que deba utilizar uniforme, como para el que esté excluido de su uso.
Ahora1. Los funcionarios llevarán como distintivo, en la parte superior izquierda del pecho, una tarjeta con prendedor de 85 x 35 milímetros, en la que se incluirán los siguientes datos: En la parte superior derecha llevará la fotografía del empleado. En la parte superior izquierda se incluirá el escudo de la Nación acompañado de las leyendas »Ministerio del Interior» y «Dirección General de Instituciones Penitenciaras», todo ello configurado siguiendo el modelo oficial establecido para toda la Administración General del Estado. Bajo lo anterior se incluirá «Centro Penitenciario» (el que corresponda) y bajo él, dejando el espacio correspondiente para la firma del Director del Centro Penitenciario, la leyenda «El Director». La parte inferior queda reservada para indicar sobre fondo azul el puesto de trabajo del funcionario y su número de carnet profesional.
Párrafo añadido
2. El distintivo personal será obligatorio tanto para el personal que deba utilizar uniforme, como para el que esté excluido de su uso.