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20 jul 2007
Ley 6/2003, de 22 de diciembre, de Estatuto de las Personas Consumidoras y Usuarias
Ley · Ya no está en vigor · Ley 6/2003, de 22 de diciembre, de Estatuto de las Personas Consumidoras y Usuarias
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 67▾
Eliminado1. La Comisión Coordinadora de Consumo es un órgano administrativo de coordinación interna de los diversos departamentos del Gobierno Vasco, cuyas funciones son:
Eliminadoa) Establecer criterios para la utilización racional de los medios humanos y materiales disponibles, evitando duplicidades en las actuaciones de los servicios y formulando una política unitaria y coherente de consumo en la Comunidad Autónoma.
Eliminadob) Proponer a los órganos competentes las medidas que se estimen aconsejables para la protección efectiva de los derechos de las personas consumidoras y usuarias.
Eliminadoc) Encargar estudios o informes a los órganos jurídicos o técnicos del Gobierno Vasco, o bien a personas, entidades o instituciones especializadas en la materia de que se trate en cada caso, o en materia general de consumo.
Eliminadod) Impulsar la aplicación y desarrollo de la presente ley.
Antes2. Reglamentariamente se desarrollará la composición y funciones de la Comisión Coordinadora de Consumo de Euskadi.
Ahora**(Derogado).**