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3 jul 2007

Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados

Qué ha cambiado (1 artículo)

Disposición adicional novena
AntesEl asegurador directo podrá comunicar al reasegurador, sin consentimiento del tomador o del asegurado, los datos que sean estrictamente necesarios para la celebración del contrato de reaseguro, en los términos previstos en el artículo 77 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguros.
Ahora**(Derogada)**