← Volver
25 jun 2007
Ley 3/2003, de 19 de junio, de cooperación para el desarrollo
Ley · Ya no está en vigor · Ley 3/2003, de 19 de junio, de cooperación para el desarrollo
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 29▾
Eliminado5. En caso de proyectos de carácter anual se podrán hacer pagos anticipados de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 78.6 del Decreto legislativo 1/1999, sin que en ningún caso superen el 80 por 100 de la cuantía subvencionada. Si los programas fueran de carácter plurianual, en ningún caso se harán pagos anticipados que superen el 50 por 100 del límite anual previsto en la norma antes citada. Estos pagos anticipados se harán sin necesidad de autorización previa del Consello de la Xunta de Galicia.