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19 dic 2006

Orden INT/3013/2002, de 14 de noviembre, por la que se regula el derecho preferente para ocupar vacantes de provisión por antigüedad en el Cuerpo de la Guardia Civil

Qué ha cambiado (3 artículos)

Tercero
Eliminado1. Tendrá derecho preferente para ocupar vacantes en cualquier unidad, centro u organismo de la Guardia Civil el personal destinado en unidades ubicadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco, en la Comunidad Foral de Navarra o en el Grupo de Acción Rápida (GAR) que tenga cumplidos, al menos, tres años de destino ininterrumpidos.
AntesLos tres años podrán acreditarse mediante la suma de tiempos permanecidos en uno o varios empleos, siempre que no medie destino a unidad, centro u organismo distinto de los que generan el derecho.
Ahora1. Tendrá derecho preferente para ocupar vacantes en cualquier unidad, centro u organismo de la Guardia Civil el personal que permanezca destinado:
Párrafo añadido
a) Al menos, tres años ininterrumpidos, en la misma o en diferentes unidades ubicadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco, en la Comunidad Foral de Navarra, o en el Grupo de Acción Rápida.
Párrafo añadido
b) Al menos, cinco años ininterrumpidos, en la misma o en diferentes unidades de la Agrupación de Reserva y Seguridad, en vacante con exigencia del título de Control de Masas o del Ecuestre.
Párrafo añadido
Los tres o los cinco años podrán acreditarse mediante la suma de tiempos permanecidos en uno o varios empleos, siempre que no medie destino a unidad, centro u organismo distinto de los que generan el derecho.
Antesg) En la realización de cualquier curso de duración superior a un mes, salvo que se efectúe dentro del territorio de las Comunidades indicadas en el punto 1 de este apartado.
Ahorag) En la realización de cualquier curso de duración superior a un mes, salvo que se efectúe dentro del territorio de las Comunidades indicadas en el punto 1 de este apartado, o que se realice en las unidades de la Agrupación de Reserva y Seguridad, si el derecho se consigue por estar destinado en estas Unidades.
Cuarto
AntesEl Jefe de la Comandancia o del Grupo de Acción Rápida, inmediatamente después de que el personal de su unidad reúna el tiempo indicado para adquirir el citado derecho, remitirá propuesta justificada a la Dirección General de la Guardia Civil (Servicio de Recursos Humanos).
AhoraEl Jefe de la Comandancia, del Grupo de Acción Rápida, o de la Agrupación de Reserva y Seguridad, inmediatamente después de que el personal de su unidad reúna el tiempo indicado para adquirir el citado derecho, remitirá propuesta justificada a la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Servicio de Recursos Humanos).
Sexto
AntesDe concurrir en la petición de un destino personal con distintos derechos preferentes, el orden de prelación en la asignación del mismo será el indicado, en primer lugar, en el apartado segundo y por ese orden precisamente, y a continuación los que lo tuvieran en razón del apartado tercero.
AhoraDe concurrir en la petición de un destino personal con distintos derechos preferentes, el orden de prelación en la asignación del mismo será el indicado, en primer lugar, en el apartado segundo, y por este orden precisamente, y, a continuación, los que lo tuvieren en razón del apartado tercero, por el orden en que se expresan.