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24 may 2006

Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de medidas para la vivienda protegida y el suelo

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 12
AntesLos compradores de viviendas protegidas no podrán transmitirlas ínter vivos ni ceder su uso por ningún título, durante el plazo mínimo de diez años desde la fecha de formalización de la adquisición.
AhoraLos compradores de viviendas protegidas no podrán transmitirlas «inter vivos» ni ceder su uso por ningún título, durante el plazo mínimo de diez años desde la fecha de formalización de la adquisición, con las excepciones que reglamentariamente se establezcan.