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28 ene 2006

Real Decreto 1109/1993, de 9 de julio, por el que se aprueba los Estatutos de la Real Academia Española

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 25
AntesNingún Académico podrá ser reelegido para el mismo cargo en el siguiente mandato más de una vez.
AhoraNingún Académico podrá ser elegido para el mismo cargo en el siguiente mandato más de una vez, salvo el Director, que, excepcionalmente, podrá ser reelegido para un tercer periodo. Para ello se requerirá que obtenga dos tercios de los votos emitidos en la primera votación. Si no se produce tal resultado y ningún otro Académico obtiene la mayoría absoluta en la primera votación, se abrirá la semana siguiente un nuevo proceso en el que serán elegibles todos los Académicos que reúnan las condiciones generales requeridas salvo el Director.