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16 ene 2006

Circular 2/2005, de 25 de febrero, sobre ficheros automatizados con datos de carácter personal gestionados por el Banco de España

Qué ha cambiado (1 artículo)

ANEJO I
EliminadoNormativa de referencia:
AntesOrden ECO/2004, de 11 de marzo sobre la Central de Riesgos.
AhoraOrden ECO 697/2004, de 11 de marzo sobre la Central de Riesgos.
EliminadoControl de los riesgos contraídos por las entidades de crédito, de acuerdo con las normas publicadas por el Banco de España.
EliminadoSe devuelve a las entidades la información agregada del riesgo contraído por sus clientes declarados en el conjunto del sistema financiero.
EliminadoInformes de titulares no declarados por la entidad, con conocimiento del interesado.
AntesPersonas físicas afectadas: Aquéllas con las que el sistema crediticio contrae riesgos susceptibles de declaración.
AhoraControl de los riesgos contraídos por las entidades declarantes, de acuerdo con las normas publicadas por el Banco de España.
Párrafo añadido
Se devuelve a las entidades la información agregada del riesgo contraído por sus clientes declarados en el conjunto del sistema financiero. Informes de titulares no declarados por la entidad, con conocimiento del interesado.
Párrafo añadido
Personas físicas afectadas:
Párrafo añadido
Aquellas con las que el sistema crediticio contrae riesgos susceptibles de declaración.
AntesDomicilio (País, ciudad, nombre de la vía, n.º y código postal).
AhoraDomicilio (país, ciudad, nombre de la vía, número y código postal).
AntesGarantías
AhoraGarantías.
AntesN.º de pasaporte, de identidad u otros códigos válidos en el país de origen (sólo no residentes).
AhoraNúmero de pasaporte, de identidad u otros códigos válidos en el país de origen (sólo no residentes).
AntesCesiones de datos de carácter personal: Las cesiones, actuales o previstas, tienen como destinatarios:
AhoraCesiones de datos de carácter personal:
Párrafo añadido
Las cesiones, actuales o previstas, tienen como destinatarios:
EliminadoResponsable del fichero: Banco de España.
EliminadoServicio o unidad ante el que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación: Departamento de Información Financiera y Central de Riesgos.
AntesMedidas de seguridad: Nivel: Medio.
AhoraResponsable del fichero:
Párrafo añadido
Banco de España.
Párrafo añadido
Servicio o unidad ante el que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación:
Párrafo añadido
Departamento de Información Financiera y Central de Riesgos.
Párrafo añadido
Medidas de seguridad:
Párrafo añadido
Nivel: Medio.
AntesTasadores más activos por valor de tasación de las sociedades y servicios de tasación
AhoraTasadores más activos y principales clientes de las sociedades y servicios de tasación
EliminadoCircular 3/1998, de 27 de enero (BOE de 13 de febrero).
EliminadoCircular 5/2003, de 19 de diciembre (BOE de 8 de enero).
EliminadoFinalidad del fichero y usos previstos del mismo: Disponer de la información actualizada de los tasadores más activos por valor de tasación de las sociedades y servicios de tasación.
AntesPersonas físicas afectadas: Los tasadores más activos por valor de tasación de las sociedades y servicios de tasación, según los requisitos del anejo (estado VII) de la Circular 5/2003.
AhoraCircular 3/1998, de 27 de enero (BOE de 13 de febrero). Circular 5/2003, de 19 de diciembre (BOE de 8 de enero).
Párrafo añadido
Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:
Párrafo añadido
Disponer de la información actualizada de los tasadores más activos por valor de tasación de las sociedades y servicios de tasación y de los principales clientes de dichas sociedades y servicios de tasación.
Párrafo añadido
Personas físicas afectadas:
Párrafo añadido
Los tasadores más activos por valor de tasación de las sociedades y servicios de tasación, según los requisitos del anejo (estado VII) de la Circular 5/2003.
Párrafo añadido
Los principales clientes de las sociedades y servicios de tasación, según los requisitos del anejo (estado VIII) de la Circular 5/2003.
AntesEl soporte utilizado para su obtención es: Archivos enviados mediante soporte electrónico por vía telemática.
AhoraEl soporte utilizado para su obtención es:
Párrafo añadido
Archivos enviados mediante soporte electrónico por vía telemática.
Párrafo añadido
Tasadores más activos por valor de tasación:
EliminadoNúmero de tasaciones.
EliminadoValor de tasación.
EliminadoCesiones de datos de carácter personal: Las previstas en el art. 6 del Real Decreto Legislativo 1298/1986, de 28 de junio, redactado según la Ley 37/1998, de 16 de noviembre.
EliminadoTransferencias de datos de carácter personal a países terceros: No se prevén transferencias.
EliminadoResponsable del fichero: Banco de España.
EliminadoServicio o unidad ante el que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Departamento de Información Financiera y Central de Riesgos.
AntesMedidas de seguridad: Nivel: Básico.
AhoraNúmero de tasaciones. Valor de tasación.
Párrafo añadido
Principales clientes:
Párrafo añadido
NIF, NIE o código de no residente.
Párrafo añadido
Nombre y apellidos. Importe facturado.
Párrafo añadido
Cesiones de datos de carácter personal:
Párrafo añadido
Las previstas en el art. 6 del Real Decreto Legislativo 1298/1986, de 28 de junio, redactado según la Ley 37/1998, de 16 de noviembre.
Párrafo añadido
Transferencias de datos de carácter personal a países terceros:
Párrafo añadido
No se prevén transferencias.
Párrafo añadido
Responsable del fichero:
Párrafo añadido
Banco de España.
Párrafo añadido
Servicio o unidad ante el que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:
Párrafo añadido
Departamento de Información Financiera y Central de Riesgos.
Párrafo añadido
Medidas de seguridad:
Párrafo añadido
Nivel: Básico.
Párrafo añadido
Fichero.
Párrafo añadido
Expedientes de la Central de Información de Riesgos.
Párrafo añadido
Normativa de referencia:
Párrafo añadido
Capítulo VI de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero (BOE de 23 de noviembre).
Párrafo añadido
Orden ECO 697/2004, de 11 de marzo, sobre la Central de Riesgos.
Párrafo añadido
Circular del Banco de España 3/1995, de 25 de septiembre (BOE de 7 de octubre), y modificaciones posteriores.
Párrafo añadido
Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:
Párrafo añadido
Registro y control de los derechos de acceso, rectificación y cancelación que los solicitantes efectúan sobre los datos que figuran en la Central de Información de Riesgos (CIR).
Párrafo añadido
Envío y notificación de datos a quienes ejercen los derechos de acceso, rectificación y cancelación.
Párrafo añadido
Personas físicas afectadas:
Párrafo añadido
Personas físicas que ejercen el derecho de acceso, rectificación y cancelación de datos a la CIR.
Párrafo añadido
Representantes de personas físicas y jurídicas que ejercen el derecho de acceso, rectificación y cancelación a la CIR.
Párrafo añadido
Notarios ante los que se hayan otorgado los poderes a los representantes de las personas físicas y jurídicas.
Párrafo añadido
Procedencia y procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:
Párrafo añadido
Los datos proceden de los propios solicitantes.
Párrafo añadido
El soporte utilizado para la obtención de los datos es papel.
Párrafo añadido
Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:
Párrafo añadido
DNI, NIF, NIE (número personal de identificación de extranjero) o pasaporte de los titulares y sus representantes.
Párrafo añadido
Nombre y apellidos de los titulares, de sus representantes y de los notarios ante los que se otorguen los poderes.
Párrafo añadido
País del titular, en su caso.
Párrafo añadido
Fecha de nacimiento del titular, en su caso.
Párrafo añadido
Domicilio a efectos de notificación, en su caso.
Párrafo añadido
Teléfono de contacto, en su caso.
Párrafo añadido
Cesiones de datos de carácter personal:
Párrafo añadido
Excepcionalmente se cede el domicilio a las entidades declarantes a las que la CIR haya dado traslado de una solicitud de rectificación o cancelación, al objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el párrafo segundo del Art. 65 de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre.
Párrafo añadido
Transferencias de datos de carácter personal a países terceros:
Párrafo añadido
No se producen.
Párrafo añadido
Responsable del fichero:
Párrafo añadido
Banco de España.
Párrafo añadido
Servicio o unidad ante el que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación:
Párrafo añadido
Departamento de Información Financiera y Central de Riesgos.
Párrafo añadido
Medidas de Seguridad:
Párrafo añadido
Nivel: Básico.