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19 nov 2005

Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 34
Eliminado4. De acuerdo con lo dispuesto en el apartado anterior, se establece el régimen de autoliquidación del impuesto con carácter obligatorio en las siguientes comunidades autónomas:
EliminadoAndalucía.
EliminadoCastilla y León.
AntesRegión de Murcia.
Ahora4. De acuerdo con lo dispuesto en el apartado anterior, se establece el régimen de autoliquidación del impuesto con carácter obligatorio en las siguientes Comunidades Autónomas:
Párrafo añadido
Comunidad Autónoma de Andalucía.
Párrafo añadido
Comunidad Autónoma de Aragón.
Párrafo añadido
Comunidad de Castilla y León.
Párrafo añadido
Comunidad Autónoma de Galicia.
Párrafo añadido
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.