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26 ene 2005
Real Decreto 1911/2000, de 24 de noviembre, por el que se regula la destrucción de los materiales especificados de riesgo en relación con las encefalopatías espongiformes transmisibles
Qué ha cambiado (1 artículo)
ANEXO IV▾
Eliminadoa) El cráneo, incluidos el encéfalo y los ojos, las amígdalas, la columna vertebral, excluidas las vértebras caudales, las apófisis transversas de las vértebras lumbares y torácicas y las alas del sacro, pero incluidos los ganglios de la raíz dorsal y la médula espinal de los bovinos de más de doce meses de edad, y los intestinos, desde el duodeno hasta el recto, y el mesenterio, de los bovinos de cualquier edad.
Antesb) El cráneo, incluido el encéfalo y los ojos, las amígdalas y la médula espinal de los ovinos y caprinos de más de doce meses de edad o en cuya encía haya hecho erupción un incisivo definitivo, así como el bazo de los ovinos y caprinos de todas las edades.
Ahoraa) El cráneo, excluida la mandíbula e incluidos el encéfalo y los ojos, la columna vertebral, excluidas las vértebras caudales, las apófisis espinosas y transversas de las vértebras cervicales, torácicas y lumbares, y la cresta media y las alas del sacro, pero incluidos los ganglios de la raíz dorsal y la médula espinal, de los bovinos de más de 12 meses, así como las amígdalas, los intestinos, desde el duodeno hasta el recto, y el mesenterio, de los bovinos de todas las edades.
Párrafo añadido
b) El cráneo, incluidos el encéfalo y los ojos, las amígdalas y la médula espinal de los ovinos y caprinos de más de 12 meses o en cuya encía haya hecho erupción un incisivo definitivo, así como el bazo y el íleon de los ovinos y caprinos de todas las edades.