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31 dic 2003

Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 40
Antes2. Reglamentariamente se determinará un sistema, basado en criterios objetivos, para integrar en una única clasificación final a los que se incorporen a una determinada Escala procedentes de acceso directo o de promoción interna.
Ahora2. Reglamentariamente se determinará un sistema, basado en criterios objetivos, para integrar en una única clasificación final a quienes se incorporen a la Escala Superior de Oficiales por acceso directo o promoción interna o a las Escalas Facultativas por acceso directo o cambio de escala.