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30 dic 2003

Ley 16/2002, de 19 de diciembre, de Comercio de Castilla y León

Qué ha cambiado (1 artículo)

Disposición transitoria segunda
Antes1. Se suspende el otorgamiento de las licencias comerciales que concede la Junta de Castilla y León hasta la aprobación del Plan General de Equipamientos Comerciales de Castilla y León previsto en esta Ley. La suspensión no podrá exceder del plazo de un año a contar desde la entrada en vigor de la presente Ley.
Ahora1. Se suspende el otorgamiento de las licencias comerciales que concede la Administración de la Comunidad de Castilla y León hasta la aprobación del Plan General de Equipamientos Comerciales de Castilla y León previsto en esta Ley.