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19 dic 2003
Ley 8/2003, de 24 de marzo, de Cooperativas de la Comunidad Valenciana
Ley · Ya no está en vigor · Ley 8/2003, de 24 de marzo, de Cooperativas de la Comunidad Valenciana
Qué ha cambiado (1 artículo)
Disposición transitoria segunda▾
Antes2. Las cooperativas que, transcurrido el plazo de tres meses desde la finalización del plazo establecido en el apartado anterior, no hubieren presentado ante el Registro de Cooperativas de la Comunidad Valenciana la correspondiente escritura pública de adaptación, no podrán obtener, a partir de dicha fecha, la inscripción de ningún acto o acuerdo distinto de los de adaptación de estatutos o de disolución de la entidad.
Ahora2. Las cooperativas que, transcurrido el plazo de quince meses desde la finalización del plazo establecido en el apartado anterior, no hubieren presentado ante el Registro de Cooperativas de la Comunidad Valenciana la correspondiente escritura pública de adaptación, no podrán obtener, a partir de dicha fecha, la inscripción de ningún acto o acuerdo distinto de los de adaptación de estatutos o de disolución de la entidad.