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13 ago 2003
Ley 5/1999, de 21 de mayo, de ordenación farmacéutica
Ley · Ya no está en vigor · Ley 5/1999, de 21 de mayo, de ordenación farmacéutica
Qué ha cambiado (2 artículos)
Artículo 23▾
Antes1. No podrán ser transmitidas las oficinas de farmacia adjudicadas por concurso con posterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley.
Ahora1.**(Anulado).**
Artículo 45▾
Antesb) Unidades de radiofarmacia de tipo II. Son aquellas que teniendo o no actividad asistencial pueden estar instaladas en locales independientes de los servicios o centros asistenciales y realizar todas las operaciones de producción y preparación de radiofármacos previstas en su regulación específica, incluida la producción de radiofármacos a partir de equipos reactivos de producción propia o cualquier otro radiofármaco y su suministro a otros servicios o centros de radiofarmacia o de medicina nuclear. Asimismo, podrán efectuar funciones de investigación y docencia relacionadas con la radiofarmacia y de asesoramiento sobre procedimientos técnicos y de calidad a las unidades de tipo I.
Ahorab)**(Anulada).**