Saltar al contenido
← Volver
21 dic 2002

Ley 5/1999, de 13 de abril, reguladora del Juego y Apuestas

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 18
Antes2. Los establecimientos que pretendan disponer de máquinas de tipo «B» deberán obtener la correspondiente autorización de instalación, la cual habilitará la instalación de este tipo de máquinas de una empresa operadora. Se concederán por un período máximo de tres años renovables.
Ahora2. Los establecimientos que pretendan disponer de máquinas de tipo «B» deberán obtener la correspondiente autorización de instalación, la cual habilitará la instalación de este tipo de máquinas de una única empresa operadora, en los términos que se establezcan reglamentariamente. Se concederán por un período máximo de tres años renovables.