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1 nov 2002

Orden de 2 de julio de 1998 por la que se regula la Comisión Ministerial de Informática y de las Comunicaciones

Qué ha cambiado (2 artículos)

Sexto
EliminadoPresidente: El Subsecretario de Administraciones Públicas.
EliminadoVicepresidente primero: El Secretario general técnico.
EliminadoVicepresidente segundo: El Subdirector general de Gestión Económica y Patrimonial.
AntesVocales:
Ahoraa) Presidente: El Subsecretario de Administraciones Públicas.
Párrafo añadido
b) Vicepresidente primero: El Secretario general técnico.
Párrafo añadido
c) Vicepresidente segundo: El Subdirector general de Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
Párrafo añadido
d) Vocales:
AntesUn representante del Gabinete del Secretario de Estado para las Administraciones Territoriales.
AhoraUn representante del Gabinete del Secretario de Estado de Organización Territorial del Estado.
EliminadoEl Subdirector general Jefe de la Oficina Presupuestaria.
EliminadoLos Vocales representantes anteriores serán designados por el Subsecretario del Ministerio, a propuesta del titular del centro directivo respectivo, entre funcionarios con nivel de Subdirector general o asimilado.
EliminadoLos Vocales titulares de la comisión que, en caso de imposibilidad justificada de asistencia, habrán de ser sustituidos por otros funcionarios, podrán asistir a las reuniones del órgano colegiado acompañados de funcionarios expertos en las materias que hayan de tratarse a propuesta de su centro directivo, que tendrán el carácter de asesores.
EliminadoSecretario:
AntesUn funcionario de la unidad informática departamental designado por el Subsecretario del Departamento.
AhoraEl Subdirector general de la Oficina Presupuestaria.
Párrafo añadido
El Subdirector general de Administración Financiera.
Párrafo añadido
Los Vocales serán designados por el Subsecretario del Ministerio, a propuesta del titular del órgano directivo respectivo, entre funcionarios con nivel de Subdirector general o asimilado.
Párrafo añadido
Los Vocales titulares de la Comisión que, en caso de imposibilidad justificada de asistencia, habrán de ser sustituidos por otros funcionarios, podrán asistir a las reuniones del órgano colegiado acompañados de funcionarios expertos en las materias que hayan de tratarse a propuesta de su órgano directivo, con carácter de asesores.
Párrafo añadido
e) Secretario: Un funcionario de la Subdirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones designado por el Subsecretario del Departamento.
Octavo
EliminadoPresidente: El Vicepresidente primero de la Comisión.
EliminadoVicepresidente: El Vicepresidente segundo de la Comisión.
EliminadoVocales: Dos Vocales titulares de la Comisión designados por el Pleno.
EliminadoSecretario: El de la Comisión.
AntesFormará parte, asimismo, de la ponencia técnica el Vocal representante del centro directivo u organismo interesado en la materia de que se trate.
Ahoraa) Presidente: El Vicepresidente segundo de la Comisión.
Párrafo añadido
b) Vicepresidente: Un Vocal titular de la Comisión designado por el Pleno entre sus miembros.
Párrafo añadido
c) Vocales: Dos Vocales titulares de la Comisión designados por el Pleno.
Párrafo añadido
d) Secretario: El de la Comisión.
Párrafo añadido
Formará parte, asimismo, de la ponencia técnica el Vocal representante del órgano directivo u organismo interesado en la materia de que se trate.