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24 may 2002

Ley Orgánica 5/2001, de 13 de diciembre, complementaria a la Ley General de Estabilidad Presupuestaria

Qué ha cambiado (1 artículo)

Disposición final primera
Antes2. Sin perjuicio de lo establecido en la presente Ley acerca de las competencias del Consejo de Política Fiscal y Financiera en relación con el objetivo de estabilidad presupuestaria de las Comunidades Autónomas, regulado en el artículo 6.3 de esta Ley Orgánica, se establecerá un procedimiento que resulte adecuado a la naturaleza específica del régimen foral propio del País Vasco.
Ahora2. En virtud de su régimen foral, la aplicación a la Comunidad Autónoma del País Vasco de lo dispuesto en esta Ley, se entenderá sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley del Concierto Económico.