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24 may 2002

Ley Orgánica 5/2001, de 13 de diciembre, complementaria a la Ley General de Estabilidad Presupuestaria

Qué ha cambiado (1 artículo)

Disposición final primera▾
Antes2. Sin perjuicio de lo establecido en la presente Ley acerca de las competencias del Consejo de Política Fiscal y Financiera en relación con el objetivo de estabilidad presupuestaria de las Comunidades Autónomas, regulado en el artículo 6.3 de esta Ley Orgánica, se establecerá un procedimiento que resulte adecuado a la naturaleza específica del régimen foral propio del País Vasco.
Ahora2. En virtud de su régimen foral, la aplicación a la Comunidad Autónoma del País Vasco de lo dispuesto en esta Ley, se entenderá sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley del Concierto Económico.