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31 dic 2001

Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil

Qué ha cambiado (4 artículos)

Artículo 25
Antes2. A la enseñanza de formación de la Guardia Civil se podrá ingresar directamente o por promoción interna, de acuerdo con lo regulado en este capítulo
Ahora2. A la enseñanza de formación de la Guardia Civil se podrá acceder directamente, por promoción interna o por cambio de Escala, de acuerdo con lo regulado en este capítulo.
Artículo 38
Antes3. Los alumnos que previamente tuvieran un empleo militar en el Cuerpo de la Guardia Civil conservarán los derechos administrativos inherentes a éste, si bien estarán sometidos al mismo régimen que el resto de los alumnos. Al ingresar en los centros docentes para su formación, permanecerán en la situación administrativa de procedencia, cuando el acceso sea por promoción interna; cuando lo hagan por acceso directo pasarán a la situación de excedencia voluntaria en su Escala de origen.
Ahora3. Los alumnos que previamente tuvieran un empleo militar en el Cuerpo de la Guardia Civil conservarán los derechos administrativos inherentes a éste, si bien estarán sometidos al mismo régimen que el resto de los alumnos. Al ingresar en los centros docentes para su formación, permanecerán en la situación administrativa de procedencia, cuando el acceso sea por promoción interna o por cambio de Escala; cuando lo hagan por acceso directo pasarán a la situación de excedencia voluntaria en su Escala de origen.
Artículo 63
AntesEn las evaluaciones para el ascenso por selección la relación entre el número de evaluados en cada ciclo y el de vacantes previstas para el mismo normalmente será entre uno y tres. En las evaluaciones para el ascenso por antigüedad el número de evaluados será aquél que permita cubrir las vacantes previstas. Las evaluaciones para el ascenso al empleo de Comandante de la Escala Superior de Oficiales se efectuarán por promociones.
AhoraEn las evaluaciones para el ascenso por selección la relación entre el número de evaluados en cada ciclo y el de vacantes previstas para el mismo normalmente será entre uno y tres. En las evaluaciones para el ascenso por antigüedad el número de evaluados será aquel que permita cubrir las vacantes previstas.
Artículo 83
Eliminadoe) Lo soliciten para atender al cuidado de los hijos, por naturaleza o adopción.
AntesEn este supuesto tendrán derecho a un período de excedencia voluntaria no superior a tres años para atender al cuidado de cada hijo, a contar desde la fecha de nacimiento de éste. Los sucesivos hijos darán derecho a un nuevo período de excedencia que, en su caso, pondrá fin al que vinieran disfrutando. Este derecho no podrá ser ejercido por el padre y la madre simultáneamente.
Ahorae) Lo soliciten para atender al cuidado de los hijos por naturaleza o adopción o por acogimiento permanente o preadoptivo. En este supuesto tendrán derecho a un periodo de excedencia voluntaria no superior a tres años para atender al cuidado de cada hijo, a contar desde la fecha de nacimiento de éste o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa. Los sucesivos hijos darán derecho a un nuevo periodo de excedencia que, en su caso, pondrá fin al que vinieran disfrutando.
Párrafo añadido
También tendrán derecho a un periodo de excedencia de duración no superior a un año los que lo soliciten para encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que, por razones de edad, accidente o enfermedad, no pueda valerse por si mismo, y que no desempeñe actividad retribuida.
Párrafo añadido
Estos derechos no podrán ser ejercidos simultáneamente por dos o más guardias civiles, por el mismo sujeto causante.
AntesEl guardia civil que solicite el pase a la situación de excedencia voluntaria por la causa de la letra e) del apartado 1 de este artículo podrá hacerlo por el tiempo que estime oportuno con el límite máximo de tres años.
AhoraEl guardia civil que solicite el pase a la situación de excedencia voluntaria por alguno de los supuestos recogidos en la letra e) del apartado 1 de este artículo, podrá hacerlo por el tiempo que estime oportuno con el límite máximo determinado en dicho apartado.