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31 dic 2001
Ley 1/1990, de 8 de enero, sobre la Disciplina del Mercado y de Defensa de los Consumidores y de los Usuarios
Ley · Ya no está en vigor · Ley 1/1990, de 8 de enero, sobre la Disciplina del Mercado y de Defensa de los Consumidores y de los Usuarios
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 29▾
Antesc) Las Corporaciones locales, en el ámbito de su competencia según la legislación de régimen local vigente, para la imposición de sanciones hasta un límite máximo de un millón de pesetas. Reglamentariamente se establecerán, dentro de este ámbito competencial y hasta ese límite máximo, las que corresponda imponer a las corporaciones locales, según las bases de población y el tipo de infracciones.
Ahorac) Las corporaciones locales, en el ámbito de su competencia según la legislación de régimen local vigente, para la imposición de sanciones hasta un límite máximo de 60.000 euros. Por reglamento se deben de establecer dentro de este ámbito competencial y hasta este límite máximo, las que corresponde imponer a las corporaciones locales según las bases de población y el tipo de infracciones.