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31 dic 2001

Ley 9/1989, de 5 de octubre, de Ordenación de la Actividad Comercial en Aragón

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 14
Antes2. La apertura de dichos establecimientos se realizará conforme a lo previsto en el Plan General para el Equipamiento Comercial de Aragón.
Ahora2. La apertura de dichos establecimientos se realizará conforme a lo previsto en el Plan General para el Equipamiento Comercial de Aragón, debiendo resolverse la autorización de dicha apertura por los órganos competentes en el plazo de un año.