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28 dic 2001
Ley 4/1992, de 8 de julio, de Coordinación de Policías Locales
Ley · Ya no está en vigor · Ley 4/1992, de 8 de julio, de Coordinación de Policías Locales
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 35▾
Párrafo añadido
Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior, aquellos aspirantes a las plazas de la categoría de Policía que hubiesen superado el primer Curso del título propio de Ciencias de la Seguridad no deberán realizar el señalado Curso Selectivo de Formación, por cuanto dicha superación sustituirá a todos los efectos al mismo.