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17 nov 2001

Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte

Ley · Ya no está en vigor · Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 69
EliminadoDe 10.000 pesetas a 100.000 pesetas en caso de infracciones leves.
EliminadoDe 100.001 pesetas a 5.000.000 de pesetas en caso de infracciones graves.
AntesDe 5.000.001 pesetas a 100.000.000 de pesetas en caso de infracciones muy graves.
AhoraDe 60,1 euros a 601,1 euros en caso de infracciones leves.
Párrafo añadido
De 601,02 euros a 30.050,61 euros en caso de infracciones graves.
Párrafo añadido
De 30.050,62 euros a 601.012,1 euros en caso de infracciones muy graves.
EliminadoA) El Gobernador Civil, hasta 5.000.000 de pesetas.
EliminadoB) El Secretario de Estado para la Seguridad, hasta 15.000.000 de pesetas.
EliminadoC) El Ministro del Interior, hasta 30.000.000 de pesetas.
AntesD) El Consejo de Ministros, hasta 100.000.000 de pesetas.
AhoraA) El Gobernador Civil, hasta 30.050,61 euros.
Párrafo añadido
B) El Secretario de Estado para la Seguridad, hasta 90.151,82 euros.
Párrafo añadido
C) El Ministro del Interior, hasta 180.303,63 euros.
Párrafo añadido
D) El Consejo de Ministros, hasta 601.012,1 euros.