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10 nov 2001
Orden de 6 de marzo de 1991 por la que se autoriza el establecimiento de precios públicos para determinados servicios prestados por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo
Qué ha cambiado (1 artículo)
Art 2▾
EliminadoArtículo. 2. Cuantificación.
Antes1. El precio de los servicios de certificación de conformidad de un producto a una norma europea, o a la norma española que la transponga, tendrá dos componentes: El primero será fijo, de 50.000 pesetas, en concepto de gastos generales y trámites administrativos. El segundo componente vendrá dado en función de la propia norma, según la complejidad del procedimiento de certificación establecido en ella, y de la singularidad o repetitividad del tipo de certificación solicitado. La diversidad y complejidad individual de los ensayos normalizados determinará el tiempo empleado para la preparación y realización de los mismos, la especialización del personal técnico que los efectúe y las instalaciones, instrumental y material fungible necesarios para ello. Para este segundo componente se establecen unos módulos fijos de 50.000, 100.000, 200.000 y 350.000 pesetas; la elección del módulo que se aplicará en cada caso, se realizará en función de los factores antes citados, y de conformidad con las especificaciones que al respecto contenga la oportuna norma de seguridad y protección.
AhoraArtículo 2. Cuantificación.
Párrafo añadido
1. El precio de los servicios de certificación de conformidad de un producto a una norma europea, o a la norma española que la transponga, tendrá dos componentes: El primero será fijo, de 300,51 euros, en concepto de gastos generales y trámites administrativos. El segundo componente vendrá dado en función de la propia norma, según la complejidad del procedimiento de certificación establecido en ella, y de la singularidad o repetitividad del tipo de certificación solicitado. La diversidad y complejidad individual de los ensayos normalizados determinará el tiempo empleado para la preparación y realización de los mismos, la especialización del personal técnico que los efectúe y las instalaciones, instrumental y material fungible necesarios para ello. Para este segundo componente se establecen unos módulos fijos de 300,51 euros, 601,01 euros, 1.202,02 euros y 2.103,54 euros; la elección del módulo que se aplicará en cada caso, se realizará en función de los factores antes citados, y de conformidad con las especificaciones que al respecto contenga la oportuna norma de seguridad y protección.