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4 nov 2000
Texto refundido del Reglamento del Senado aprobado por la Mesa del Senado, oída la Junta de Portavoces, en su reunión del día 3 de mayo de 1994
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 49▾
Antes2. Serán Comisiones no Legislativas aquellas que con tal carácter deban constituirse en virtud de una disposición legal, y las siguientes:
Ahora2. Serán Comisiones no Legislativas aquéllas que con tal carácter deban constituirse en virtud de una disposición legal, y las siguientes:
Párrafo añadido
De las Entidades Locales.
Párrafo añadido
5. Las Comisiones Permanentes Legislativas y no Legislativas realizarán sus funciones sin perjuicio de las competencias asignadas a la Comisión General de las Comunidades Autónomas.