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3 ago 2000

Real Decreto 109/1995, de 27 de enero, sobre medicamentos veterinarios

Qué ha cambiado (2 artículos)

PARTE 1
Párrafo añadido
C bis. Medidas específicas relativas a la prevención de las encefalopatías espongiformes animales.
Párrafo añadido
El solicitante debe demostrar que el medicamento ha sido fabricado de acuerdo con la nota explicativa sobre cómo minimizar los riesgos de transmisión de los agentes de encefalopatía espongiforme animal a través de los medicamentos veterinarios, y sus actualizaciones, publicada por la Comisión Europea en el volumen 7 de su publicación "Normas sobre medicamentos de la Unión Europea".
PARTE 4
Párrafo añadido
C bis. Medidas específicas relativas a la prevención de las encefalopatías espongiformes animales.
Párrafo añadido
El solicitante debe demostrar que el medicamento ha sido fabricado de acuerdo con la nota explicativa sobre cómo minimizar los riesgos de transmisión de los agentes de encefalopatía espongiforme animal a través de los medicamentos veterinarios, y sus actualizaciones, publicada por la Comisión Europea en el volumen 7 de su publicación "Normas sobre medicamentos de la Unión Europea".