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27 may 2000
Real Decreto 838/1996, de 10 de mayo, por el que se reestructura el Gabinete y la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno
Qué ha cambiado (6 artículos)
Artículo 1▾
AntesEl Gabinete de la Presidencia del Gobierno, como órgano de asistencia política y técnica del Presidente del Gobierno, ejercerá las siguientes funciones:
AhoraEl Gabinete del Presidente del Gobierno, como órgano de asistencia política y técnica del Presidente del Gobierno, ejercerá las siguientes funciones:
Artículo 2▾
Antes1. Al frente del Gabinete de la Presidencia del Gobierno figurará un Director, con rango de Secretario de Estado.
Ahora1. Al frente del Gabinete del Presidente del Gobierno figurará un Director, con rango de Secretario de Estado.
Eliminado3. Para el desarrollo de las funciones específicas que corresponden al Gabinete de la Presidencia del Gobierno existirán los siguientes Departamentos, cuyos titulares tendrán la categoría de Director general:
Eliminadoa) Asuntos Económicos y Sociales.
Eliminadob) Internacional y Defensa.
Eliminadoc) Educación y Cultura.
Eliminadod) Análisis y Estudios.
Antese) Asuntos Institucionales.
Ahora3. Para el desarrollo de las funciones específicas que corresponden al Gabinete del Presidente del Gobierno, existirán los siguientes Departamentos, cuyos titulares tendrán el rango de Director general:
Párrafo añadido
a) Economía.
Párrafo añadido
b) Internacional y Seguridad.
Párrafo añadido
c) Bienestar y Educación.
Párrafo añadido
d) Parlamento e Instituciones.
Párrafo añadido
e) Estudios y Comunicación Política.
Artículo 3▾
AntesLa Secretaría General de la Presidencia del Gobierno, cuyo titular tendrá el rango de Secretario de Estado, se estructura en los siguientes Departamentos, con nivel de Dirección General:
AhoraLa Secretaría General de la Presidencia del Gobierno, cuyo titular tendrá rango de Secretario de Estado, se organiza en los siguientes Departamentos, con nivel de Dirección General:
Eliminadob) Protocolo de la Presidencia del Gobierno.
Eliminadoc) Seguridad de la Presidencia del Gobierno.
Antesd) Infraestructura y Seguimiento para Situaciones de Crisis.
Ahorab) Protocolo.
Párrafo añadido
c) Seguridad.
Párrafo añadido
d) Infraestructura y seguimiento para situaciones de crisis.
Artículo 5▾
Párrafo añadido
La Cancillería de la Real y muy distinguida Orden de Carlos III radicará en la Secretaría General de la Presidencia.
Disposición adicional▾
Artículo nuevo
Disposición adicional. Secretaría de la Comisión Delegada del Gobierno para Situaciones de Crisis.
El Secretario general de la Presidencia del Gobierno ejercerá las funciones de Secretario de la Comisión Delegada del Gobierno para Situaciones de Crisis.
Disposición final primera▸
AntesQuedan suprimidos la Jefatura de Protocolo del Estado, la Jefatura de Protocolo de la Presidencia del Gobierno, los ocho Departamentos del Gabinete de la Presidencia del Gobierno y el Secretario general de la Vicepresidencia del Gobierno que se mencionan en el Real Decreto 1481/1989, de 15 de diciembre, y la Dirección de Infraestructuras y Seguimiento para Situaciones de Crisis.
AhoraQuedan suprimidos la Jefatura de Protocolo del Estado, la Jefatura de Protocolo de la Presidencia del Gobierno, los ocho Departamentos del Gabinete del Presidente del Gobierno y el Secretario general de la Vicepresidencia del Gobierno que se mencionan en el Real Decreto 1481/1989, de 15 de diciembre, y la Dirección de Infraestructuras y Seguimiento para Situaciones de Crisis.