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11 abr 2000

Orden de 14 de julio de 1995 sobre títulos y licencias aeronáuticos civiles

Qué ha cambiado (18 artículos)

1.1

El texto de este artículo no cambió en esta reforma. Es posible que el cambio afecte a su numeración o contexto dentro de la ley.

1.2

El texto de este artículo no cambió en esta reforma. Es posible que el cambio afecte a su numeración o contexto dentro de la ley.

2.1
Eliminado2.1.2.1 Se establecen las siguientes habilitaciones de clase para aviones certificados para operaciones con un solo piloto:
Eliminadoa) Monomotores terrestres.
Eliminadob) Hidroaviones monomotores.
Eliminadoc) Multimotores terrestres.
Antesd) Hidroaviones multimotores.
Ahora2.1.2.1**(Derogado)**
Eliminadoa) Cada avión certificado para volar con una tripulación mínima de dos pilotos por lo menos.
Antesb) Todos los tipos de helicóptero.
Ahoraa)**(Derogado)**
Párrafo añadido
b)**(Derogado)**
Antes2.1.9 Restricción de las atribuciones de pilotos que hayan cumplido los sesenta años.–Los titulares de las licencias que hayan cumplido los sesenta años no podrán actuar como piloto al mando o copiloto en servicios de transporte aéreo comercial.
Ahora**Se derogan los epígrafes 2.1.2.1, 2.1.2.2 a) y b) y 2.1.9 y se declaran vigentes los restantes exclusivamente en relación con los documentos indicados que afecten a los colectivos señalados por la disposición derogatoria única de la Orden de 21 de marzo de 2000.Ref. BOE-A-2000-6840.**
2.2

El texto de este artículo no cambió en esta reforma. Es posible que el cambio afecte a su numeración o contexto dentro de la ley.

2.3
Eliminado2.3.1 Requisitos para expedir el título y licencia.
Eliminado2.3.1.1 Edad: El solicitante habrá de tener diecisiete años cumplidos.
Eliminado2.3.1.2 Conocimientos: El solicitante demostrará un nivel de conocimientos apropiado a las atribuciones que el título de Piloto Privado de avión confiere a su titular, como mínimo en las materias siguientes:
EliminadoDerecho aéreo.
Eliminadoa) Las disposiciones y reglamentos pertinentes al titular de una licencia de Piloto Privado de avión; el Reglamento de Circulación Aérea; los métodos y procedimientos apropiados de los servicios de tránsito aéreo.
EliminadoConocimiento general de las aeronaves.
Eliminadob) Los principios relativos al manejo de los grupos motores, sistemas e instrumentos de aviones.
Eliminadoc) Las limitaciones operacionales de los aviones y de los grupos motores; la información operacional pertinente del manual de vuelo o de otro documento apropiado.
EliminadoPerformance y planificación de vuelo.
Eliminadod) La influencia de la carga y de la distribución de la masa en las características de vuelo, cálculos de carga y centrado.
Eliminadoe) El uso y la aplicación práctica de los datos de performance de despegue, de aterrizaje y de otras operaciones.
Eliminadof) La planificación previa al vuelo y en ruta, correspondiente a los vuelos VFR; la preparación y presentación de los planes de vuelo requeridos por los servicios de tránsito; los procedimientos de notificación de posición; los procedimientos de reglaje del altímetro; las operaciones en zonas de gran densidad de tránsito.
EliminadoActuación y limitaciones humanas.
Eliminadog) Actuación y limitaciones humanas correspondientes al piloto privado de avión.
EliminadoMeteorología.
Eliminadoh) La aplicación de la meteorología aeronáutica elemental; los procedimientos para obtener información meteorológica y uso de la misma; altimetría.
EliminadoNavegación.
Eliminadoi) Los aspectos prácticos de la navegación aérea y las técnicas de navegación a estima; la utilización de cartas aeronáuticas.
EliminadoProcedimientos operacionales.
Eliminadoj) La utilización de documentos aeronáuticos tales como las AIP, los NOTAM, los códigos y abreviaturas aeronáuticos.
Eliminadok) Los procedimientos preventivos y de emergencia apropiados, incluso las medidas que deben adoptarse para evitar zonas de condiciones meteorológicas peligrosas, de estela turbulenta y otros riesgos operacionales.
EliminadoPrincipios de vuelo.
Eliminadol) Los principios de vuelo relativos a los aviones.
EliminadoRadiotelefonía.
Eliminadom) Los procedimientos y fraseología radiotelefónicos aplicables a vuelos privados; las medidas que deben tomarse en caso de fallo de comunicaciones.
Eliminado2.3.1.3 Experiencia.
Eliminado2.3.1.3.1 El solicitante habrá realizado, como mínimo, cuarenta horas de vuelo como piloto de avión. La instrucción recibida por el piloto en un entrenador sintético de vuelo, certificado, es aceptable como parte del tiempo total de vuelo de cuarenta horas. El crédito por dicha experiencia se limitará a un máximo de cinco horas.
Eliminado2.3.1.3.1.1 Cuando el solicitante tenga tiempo de vuelo como piloto de aeronaves de otras categorías, se determinará puntualmente si dicha experiencia es aceptable y, en tal caso, la consiguiente disminución del tiempo de vuelo estipulado en el apartado 2.3.1.3.1.
Eliminado2.3.1.3.2 El solicitante habrá realizado, como mínimo, diez horas de vuelo solo en avión bajo la supervisión de un instructor de vuelo autorizado, incluyendo cinco horas de vuelo de travesía solo y, por lo menos, un vuelo de travesía de un mínimo de 270 kilometros (150 millas náuticas), durante el cual habrá efectuado aterrizajes completos en dos aeródromos diferentes.
Eliminado2.3.1.4 Instrucción de vuelo.
Eliminado2.3.1.4.1 El solicitante habrá recibido de un instructor de vuelo instrucción en doble mando en aviones. El instructor se asegurará de que la experiencia operacional del solicitante ha alcanzado el nivel de actuación exigido al piloto privado, como mínimo en los siguientes aspectos:
Eliminadoa) Operaciones previas al vuelo, incluso determinación de carga y centrado, inspección y servicio del avión.
Eliminadob) Operaciones en el aeródromo y en circuito de tránsito, precauciones y procedimientos en materia de prevención de colisiones.
Eliminadoc) Control del avión por referencia visual externa.
Eliminadod) Vuelo a velocidades aerodinámicas críticamente bajas; reconocimiento y recuperación en situaciones de proximidad a la pérdida y de pérdida.
Eliminadoe) Vuelo a velocidades aerodinámicas críticamente altas, reconocimiento y recuperación de picados en espiral.
Eliminadof) Despegues y aterrizajes normales y con viento de costado.
Eliminadog) Despegues con performance máxima (pista corta y franqueamiento de obstáculos); aterrizajes en pista corta.
Eliminadoh) Vuelo por referencia a instrumentos solamente, incluso la ejecución de un viraje horizontal completo de 180 grados.
Eliminadoi) Vuelo de travesía por referencia visual, navegación a estima y con radioayudas para la navegación.
Eliminadoj) Operaciones de emergencia, incluso mal funcionamiento simulado del equipo del avión.
Eliminadok) Operaciones desde, hacia y en tránsito por aeródromos controlados, cumplimiento de los procedimientos de los servicios de tránsito aéreo, procedimientos y fraseología radiotelefónicos.
Eliminado2.3.1.4.2 Para que las atribuciones del título puedan ejercerse de noche, el solicitante habrá recibido instrucción en aviones con doble mando en vuelo nocturno que incluya despegues, aterrizajes y navegación.
Eliminado2.3.1.4.3 La experiencia de vuelo por instrumentos, especificada en el apartado 2.3.1.4.1, h) y la de vuelo nocturno, especificada en el apartado 2.3.1.4.2 no dan derecho al titular de una licencia de Piloto Privado de avión a pilotar aviones en vuelos IFR.
Eliminado2.3.1.5 Pericia.–El solicitante habrá demostrado su capacidad para ejecutar, como piloto al mando de un avión, los procedimientos y maniobras descritos en el apartado 2.3.1.4 con un grado de competencia apropiado a las atribuciones que el título de Piloto Privado de avión confiera a su poseedor, y:
Eliminadoa) Pilotar el avión dentro de sus limitaciones.
Eliminadob) Ejecutar todas las maniobras con suavidad y precisión.
Eliminadoc) Demostrar buen juicio y aptitud para el vuelo.
Eliminadod) Aplicar los conocimientos aeronáuticos.
Eliminadoe) Dominar el avión en todo momento de modo que nunca haya serias dudas en cuanto a la ejecución de algún procedimiento o maniobra.
Eliminado2.3.1.6 Aptitud psicofísica.–El solicitante poseerá una evaluación médica de clase 2 vigente.
Eliminado2.3.2 Atribuciones del Piloto Privado y condiciones que deben observarse para ejercerlas.
Eliminado2.3.2.1 De acuerdo con lo previsto en el artículo 4.1 del Real Decreto 959/1990 y a reserva del cumplimiento de los requisitos especificados en los apartados 1.2.5, 1.2.6 y 2.1, las atribuciones del Piloto Privado de avión serán actuar, sin remuneración, como piloto al mando o como copiloto de cualquier avión que realice vuelos no remunerados en las condiciones de vuelo para las que esté habilitado.
Eliminado2.3.2.2 Para actuar en aeronaves de peso superior a 1.500 kilogramos deberá estar en posesión de la habilitación de tipo correspondiente.
Antes2.3.2.3 Antes de ejercer las atribuciones en vuelo nocturno, el titular de la licencia habrá satisfecho los requisitos especificados en el apartado 2.3.1.4.2. En caso contrario se practicará la anotación de la restricción correspondiente.
Ahora**(Derogado)**
2.4
Eliminado2.4.1 Requisitos para expedir el título y licencia.
Eliminado2.4.1.1 Edad: El solicitante habrá de tener dieciocho años cumplidos.
Eliminado2.4.1.2 Requisitos académicos: COU o equivalente.
Eliminado2.4.1.3 Conocimientos: El solicitante demostrará un nivel de conocimientos apropiado a las atribuciones que el título de Piloto Comercial de avión confiere a su titular, como mínimo en las materias siguientes:
EliminadoDerecho aéreo.
Eliminadoa) Las disposiciones y reglamentos pertinentes al titular de una licencia de Piloto Comercial de avión; el Reglamento de Circulación Aérea; los métodos y procedimientos apropiados de los servicios de tránsito aéreo.
EliminadoConocimiento general de las aeronaves.
Eliminadob) Los principios relativos al manejo y funcionamiento de los grupos motores, sistemas e instrumentos de aviones.
Eliminadoc) Las limitaciones operacionales de los aviones y de los grupos motores; la información operacional pertinente del manual de vuelo o de otro documento apropiado.
Eliminadod) La utilización y verificación del estado de funcionamiento del equipo y de los sistemas de los aviones pertinentes.
Eliminadoe) Los procedimientos para el mantenimiento de las células, de los sistemas y de los grupos motores de los aviones pertinentes.
EliminadoPerformance y planificación de vuelo.
Eliminadof) La influencia de la carga y de la distribución de la masa en el manejo del avión, las características y la performance de vuelo; cálculos de carga y centrado.
Eliminadog) El uso y la aplicación práctica de los datos de performance de despegue, de aterrizaje y de otras operaciones.
Eliminadoh) La planificación previa al vuelo y en ruta, correspondiente a los vuelos VFR; la preparación y presentación de los planes de vuelo requeridos por los servicios de tránsito aéreo; los procedimientos apropiados de los servicios de tránsito aéreo; los procedimientos de reglaje de altímetro.
EliminadoActuación y limitaciones humanas.
Eliminadoi) Actuación y limitaciones humanas correspondientes al Piloto Comercial de avión.
EliminadoMeteorología.
Eliminadoj) La interpretación y aplicación de los informes meteorológicos aeronáuticos, mapas y pronósticos; los procedimientos para obtener información meteorológica antes del vuelo y en vuelo y uso de la misma; altimetría.
Eliminadok) Meteorología aeronáutica; climatología de las zonas pertinentes con respecto a los elementos que tengan repercusiones para la aviación; el desplazamiento de los sistemas de presión, la estructura de los frentes y el origen y características de los fenómenos del tiempo significativo que afecten a las condiciones de despegue, al vuelo en ruta y al aterrizaje; forma de evitar condiciones meteorológicas peligrosas.
EliminadoNavegación.
Eliminadol) La navegación aérea, la utilización de cartas aeronáuticas, instrumentos y ayudas para la navegación; la comprensión de los principios y características de los sistemas de navegación apropiados; manejo del equipo de a bordo.
EliminadoProcedimientos operacionales.
Eliminadom) La utilización de documentos aeronáuticos tales como los AIP, los NOTAM, los códigos y abreviaturas aeronáuticos.
Eliminadon) Los procedimientos preventivos y de emergencia apropiados.
Eliminadoo) Los procedimientos operacionales para el transporte de carga; los posibles riesgos en relación con el transporte de mercancías peligrosas.
Eliminadop) Los requisitos y métodos para impartir instrucciones de seguridad a los pasajeros, comprendidas las precauciones que se han de observar al embarcar o desembarcar de los aviones.
EliminadoPrincipios de vuelo.
Eliminadoq) Los principios de vuelo relativos a los aviones.
EliminadoRadiotelefonía.
Eliminador) Los procedimientos y fraseología radiotelefónicos requeridos por la navegación y servicios de tránsito aéreo a nivel nacional e internacional; las medidas que deben tomarse en caso de fallo de las comunicaciones.
Eliminado2.4.1.4 Experiencia.
Eliminado2.4.1.4.1 El solicitante habrá realizado como mínimo doscientas horas de vuelo. Podrá ser realizado hasta un máximo de diez horas en un entrenador sintético de vuelo autorizado. Para el cómputo de dichos números, a cada hora realizada durante un curso de instrucción reconocido como Piloto de avión, se aplicará un coeficiente corrector, de 1,33.
Eliminado2.4.1.4.1.1 El solicitante habrá realizado en avión, como mínimo:
Eliminadoa) Cien horas de vuelo como piloto al mando o, en el caso de haber seguido un curso de instrucción reconocida, setenta horas como piloto al mando.
Eliminadob) Veinte horas de vuelo de travesía como piloto al mando, incluyendo un vuelo de un mínimo de 540 kilómetros (300 millas náuticas), durante el cual habrá efectuado aterrizajes completos en dos aeródromos diferentes.
Eliminadoc) Diez horas de instrucción de vuelo por instrumentos, de los cuales un máximo de cinco horas podrán ser de tiempo en entrenador.
Eliminadod) Para que las atribuciones de la licencia puedan ejercerse de noche: cinco horas de vuelo nocturno comprendidos cinco despegues y cinco aterrizajes como piloto a los mandos.
Eliminado2.4.1.4.2 Cuando el solicitante tenga tiempo de vuelo como piloto de aeronaves de otras categorías, se determinará puntualmente si dicha experiencia es aceptable y, en tal caso, la consiguiente disminución del tiempo de vuelo estipulado en 2.4.1.4.1.
Eliminado2.4.1.5 Instrucción de vuelo.
Eliminado2.4.1.5.1 El solicitante habrá recibido de un instructor de vuelo autorizado instrucción con doble mando en aviones. El instructor se asegurará de que la experiencia operacional del solicitante ha alcanzado el nivel de actuación exigido al Piloto Comercial, como mínimo en los siguientes aspectos:
Eliminadoa) Operaciones previas al vuelo, incluso determinación de la carga y centrado, inspección y servicio del avión.
Eliminadob) Operaciones en el aeródromo y en circuito de tránsito, precauciones y procedimientos en materia de prevención de colisiones.
Eliminadoc) Control del avión por referencia visual externa.
Eliminadod) Vuelo a velocidades aerodinámicas críticamente bajas, forma de evitar las barrenas; reconocimiento y recuperación en situaciones de proximidad a la pérdida y de pérdida.
Eliminadoe) Vuelo a velocidades aerodinámicas críticamente altas; reconocimiento y recuperación de picados en espiral.
Eliminadof) Despegues y aterrizajes normales y con viento de costado.
Eliminadog) Despegues con performance máxima (pista corta y franqueamiento de obstáculos); aterrizajes en pista corta.
Eliminadoh) Maniobras básicas de vuelo y restablecimiento de la línea de vuelo a partir de actitudes desacostumbradas, por referencia solamente a instrumentos básicos de vuelo.
Eliminadoi) Vuelo de travesía por referencia visual, navegación a estima y radioayudas para la navegación; procedimientos en caso de desviación de ruta.
Eliminadoj) Procedimientos y maniobras anormales y de emergencia.
Eliminadok) Operaciones desde, hacia y en tránsito por aeródromos controlados, cumplimiento de los procedimientos de los servicios de tránsito aéreo, procedimientos y fraseología radiotelefónicos.
Eliminado2.4.1.5.2 Para que las atribuciones del título puedan ejercerse de noche, el solicitante habrá recibido instrucción en aviones con doble mando en vuelo nocturno que incluya despegues, aterrizajes y navegación.
Eliminado2.4.1.5.3 La experiencia de vuelo por instrumentos, especificada en los apartados 2.4.1.4.1.1, c) y 2.4.1.5.1, h), y la de vuelo nocturno, especificada en los apartados 2.4.1.4.1.1, d) y 2.4.1.4.2, no dan derecho al titular de una licencia de Piloto Comercial de avión a pilotar aviones en condiciones IFR.
Eliminado2.4.1.6 Pericia: El solicitante habrá demostrado su capacidad para ejecutar, como piloto al mando de un avión, los procedimientos y maniobras descritos en el apartado 2.4.1.5 con un grado de competencia apropiado a las atribuciones que el título de Piloto Comercial de avión confiere a su titular, y:
Eliminadoa) Pilotar el avión dentro de sus limitaciones.
Eliminadob) Ejecutar todas las maniobras con suavidad y precisión.
Eliminadoc) Demostrar buen juicio y aptitud para el vuelo.
Eliminadod) Aplicar los conocimientos aeronáuticos.
Eliminadoe) Dominar el avión en todo momento de modo que nunca haya serias dudas en cuanto a la ejecución de algún procedimiento o maniobra.
Eliminado2.4.1.7 Aptitud psicofísica: El solicitante poseerá una evaluación médica de clase 1 vigente.
Eliminado2.4.2 Atribuciones y condiciones que deben observarse para ejercerlas.
Eliminado2.4.2.1 De acuerdo con lo previsto en el artículo 4.2 del Real Decreto 959/1990 y a reserva del cumplimiento de los requisitos especificados en los apartados 1.2.5, 1.2.6 y 2.1, las atribuciones del Piloto Comercial de avión serán:
Eliminadoa) Ejercer todas las atribuciones del poseedor de un título de Piloto Privado de avión.
Eliminadob) Actuar como piloto al mando de cualquier avión dedicado a vuelos que no sean de transporte aéreo comercial.
Eliminadoc) Actuar como piloto al mando en actividades comerciales y servicios de transporte aéreo comercial, en cualquier avión certificado para operaciones con un solo piloto.
Eliminadod) Actuar como copiloto en servicios de transporte aéreo comercial en aviones que requieran copiloto.
Antes2.4.2.2 Antes de ejercer las atribuciones en vuelo nocturno, el titular de la licencia habrá satisfecho los requisitos especificados en los apartados 2.4.1.4.1.1, d) y 2.4.1.5.2. En caso contrario, se practicará la anotación de la restricción correspondiente.
Ahora**(Derogado)**
2.5
Eliminado2.5.1 Requisitos para expedir el título y la licencia.
Eliminado2.5.1.1 Edad: El solicitante habrá de tener veintiún años cumplidos.
Eliminado2.5.1.2 Requisitos académicos: COU o equivalente.
Eliminado2.5.1.3 Conocimientos: El solicitante habrá demostrado un nivel de conocimientos apropiado a las atribuciones que el título de Piloto de Transporte de Línea Aérea de avión confiere a su titular, como mínimo en las materias siguientes:
EliminadoDerecho aéreo.
Eliminadoa) Las disposiciones y reglamentos pertinentes al titular de una licencia de Piloto de Transporte de Línea Aérea de avión; el Reglamento de la Circulación Aérea; los métodos y procedimientos apropiados de los servicios de tránsito aéreo.
EliminadoConocimiento general de las aeronaves.
Eliminadob) Las características generales y las limitaciones de los sistemas eléctricos, hidráulicos, de presurización y demás sistemas de los aviones; los sistemas de mando de vuelo, incluso el piloto automático y el aumento de la estabilidad.
Eliminadoc) Los principios de funcionamiento, procedimientos de manejo y limitaciones operacionales de los grupos motores de los aviones; la influencia de las condiciones atmosféricas en la performance de los motores; la información operacional pertinente del manual de vuelo o de otro documento apropiado.
Eliminadod) Los procedimientos operacionales y las limitaciones de los aviones pertinentes; la influencia de las condiciones atmosféricas en la performance de los aviones.
Eliminadoe) La utilización y verificación del estado de funcionamiento del equipo y de los sistemas de los aviones pertinentes.
Eliminadof) Los instrumentos de vuelo; errores de las brújulas al virar y al acelerar; límites operacionales de los instrumentos giroscópicos y efectos de precesión; métodos y procedimientos en caso de mal funcionamiento de los diversos instrumentos de vuelo.
Eliminadog) Los procedimientos para el mantenimiento de las células, de los sistemas y de los grupos motores de los aviones pertinentes.
EliminadoPerformance y planificación de vuelo.
Eliminadoh) La influencia de la carga y de la distribución de la masa en el manejo del avión, las características y la performance de vuelo; cálculos de carga y centrado.
Eliminadoi) El uso y la aplicación práctica de los datos de performance de despegue, de aterrizaje y de otras operaciones, incluso los procedimientos de control del vuelo de crucero.
Eliminadoj) La planificación operacional previa al vuelo y en ruta; la preparación y presentación de los planes de vuelo requeridos por los servicios de tránsito aéreo; los procedimientos apropiados de los servicios de tránsito aéreo; los procedimientos de reglaje del altímetro.
EliminadoActuación y limitaciones humanas.
Eliminadok) Actuación y limitaciones humanas correspondientes al Piloto de Transporte de Línea Aérea de avión.
EliminadoMeteorología.
Eliminadol) La interpretación y aplicación de los informes meteorológicos aeronáuticos, mapas y pronósticos; claves y abreviaturas; los procedimientos para obtener información meteorológica antes del vuelo y en vuelo y uso de la misma; altimetría.
Eliminadom) Meteorología aeronáutica; climatología de las zonas pertinentes con respecto a los elementos que tengan repercusiones para la aviación; el desplazamiento de los sistemas de presión, la estructura de los frentes y el origen y características de los fenómenos del tiempo significativo que afecten a las condiciones de despegue, al vuelo en ruta y al aterrizaje.
Eliminadon) Las causas, el reconocimiento y la influencia de la formación de hielo en los motores y en la célula; los procedimientos de penetración de zonas frontales; forma de evitar condiciones meteorológicas peligrosas.
Eliminadoo) Meteorología práctica a elevadas altitudes, incluso la interpretación y utilización de los informes, mapas y pronósticos meteorológicos; las corrientes en chorro.
EliminadoNavegación.
Eliminadop) La navegación aérea; la utilización de cartas aeronáuticas, radioayudas para la navegación y sistemas de navegación de área; los requisitos específicos de navegación para los vuelos de larga distancia.
Eliminadoq) La utilización, limitación y estado de funcionamiento de los dispositivos de aviónica e instrumentos necesarios para el mando y la navegación de aviones.
Eliminador) La utilización, precisión y confiabilidad de los sistemas de navegación empleados en las fases de salida, vuelo en ruta, aproximación y aterrizaje; la identificación de las radioayudas para la navegación.
Eliminados) Los principios y características de los sistemas de navegación autónomos y por referencias externas; manejo del equipo de a bordo.
EliminadoProcedimientos operacionales.
Eliminadot) La interpretación y utilización de documentos aeronáuticos tales como los AIP, los NOTAM, los códigos y abreviaturas aeronáuticos y las cartas de procedimientos de vuelo por instrumentos para la salida, vuelo en ruta, descenso y aproximación.
Eliminadou) Los procedimientos preventivos y de emergencia; las medidas de seguridad relativas al vuelo en condiciones IFR.
Eliminadov) Los procedimientos operacionales para el transporte de carga y de mercancías peligrosas.
Eliminadow) Los requisitos y métodos para impartir instrucciones de seguridad a los pasajeros, comprendidas las precauciones que han de observarse al embarcar o desembarcar de los aviones.
EliminadoPrincipios de vuelo.
Eliminadox) Los principios de vuelo relativos a los aviones; aerodinámica subsónica; efectos de la compresibilidad, límites de maniobra, características del diseño de las alas, efectos de los dispositivos suplementarios de sustentación y de resistencia al avance; relación entre la sustentación, la resistencia al avance y el empuje a distintas velocidades aerodinámicas y en configuraciones de vuelo diversas.
EliminadoRadiotelefonía.
Eliminadoy) Los procedimientos y fraseología radiotelefónicos; las medidas que deben tomarse en caso de fallo de comunicaciones.
Eliminado2.5.1.4 Experiencia.
Eliminado2.5.1.4.1 El solicitante habrá realizado como mínimo mil quinientas horas de vuelo como piloto de aviones. La instrucción recibida por el piloto en un entrenador sintético de vuelo autorizado es aceptable como parte del tiempo total de vuelo de mil quinientas horas. El crédito por dicha experiencia se limitará a un máximo de cien horas, de las cuales un máximo de veinticinco se habrán adquirido en un entrenador de procedimientos de vuelo o en un entrenador básico de vuelo por instrumentos.
Eliminado2.5.1.4.1.1 El solicitante habrá realizado, en avión, como mínimo:
Eliminadoa) Doscientas cincuenta horas de vuelo como de piloto al mando, o bien un mínimo de cien horas como piloto al mando, más el tiempo de vuelo adicional necesario como copiloto desempeñando, bajo la supervisión de un piloto al mando, las obligaciones y funciones de este.
Eliminadob) Doscientas horas de vuelo de travesía, de las cuales un mínimo de cien como piloto al mando o como copiloto desempeñando, bajo la supervisión del piloto al mando, las obligaciones y funciones de este;
Eliminadoc) Setenta y cinco horas de vuelo por instrumentos, de las cuales un máximo de treinta podrán ser de tiempo en entrenador.
Eliminadod) Cien horas de vuelo nocturno como piloto al mando o como copiloto.
Eliminado2.5.1.4.2 Cuando el solicitante tenga tiempo de vuelo como piloto de aeronaves de otras categorías, se determinará puntualmente si dicha experiencia es aceptable y, en tal caso, la consiguiente homologación de tiempo en relación al número de horas de vuelo estipuladas en el apartado 2.5.1.4.1.
Eliminado2.5.1.5 Instrucción de vuelo: El solicitante habrá recibido la instrucción con doble mando exigida para expedir el título y la licencia de Piloto Comercial de avión (apartado 2.4.1.5) y de habilitación de vuelo por instrumentos-avión (apartado 2.6.1.3).
Eliminado2.5.1.6 Pericia.
Eliminado2.5.1.6.1 El solicitante habrá demostrado su capacidad para realizar, como piloto al mando de aviones multimotores que requieran copiloto, los siguientes procedimientos y maniobras:
Eliminadoa) Los procedimientos previos al vuelo, que incluirán la preparación del plan de vuelo operacional y la presentación del plan de vuelo requerido por los servicios de tránsito aéreo.
Eliminadob) Los procedimientos y maniobras normales de vuelo durante todas sus fases.
Eliminadoc) Los procedimientos y maniobras para vuelos IFR en condiciones normales, anormales y de emergencia, que incluirán fallo simulado de motor y que comprenderán, como mínimo, lo siguiente:
EliminadoTransición al vuelo por instrumentos al despegar.
EliminadoSalidas y llegadas normalizadas por instrumentos.
EliminadoProcedimientos y navegación IFR en ruta.
EliminadoProcedimientos en circuito de espera.
EliminadoAproximaciones por instrumentos hasta los mínimos especificados.
EliminadoProcedimientos de aproximación frustrada.
EliminadoAterrizajes a partir de aproximaciones por instrumentos.
Eliminadod) Los procedimientos y maniobras anormales y de emergencia relativos a fallos y mal funcionamiento del equipo, como por ejemplo, grupo motor, sistemas y célula.
Eliminadoe) Los procedimientos de coordinación de la tripulación y para el caso de incapacitación de alguno de sus miembros, que incluirán la asignación de tareas del piloto, la cooperación de los miembros de la tripulación y la utilización de listas de verificación.
Eliminado2.5.1.6.1.1 El solicitante habrá demostrado su capacidad para ejecutar los procedimientos y maniobras descritos en el apartado 2.5.1.6.1 con un grado de competencia apropiado a las atribuciones que el título de Piloto de Transporte de Línea Aérea de avión confiere a su titular, y:
Eliminadoa) Pilotar el avión dentro de sus limitaciones.
Eliminadob) Ejecutar todas las maniobras con suavidad y precisión.
Eliminadoc) Demostrar buen juicio y aptitud para el vuelo.
Eliminadod) Aplicar los conocimientos aeronáuticos.
Eliminadoe) Dominar el avión en todo momento de modo que nunca haya duda en cuanto a la ejecución de algún procedimiento o maniobra.
Eliminadof) Comprender y aplicar los procedimientos de coordinación de la tripulación, y para el caso de incapacitación de alguno de sus miembros.
Eliminadog) Comunicarse de manera eficaz con los demás miembros de la tripulación de vuelo.
Eliminado2.5.1.7 Aptitud psicofísica: El solicitante poseerá una evaluación médica de clase 1 vigente.
Eliminado2.5.2 Atribuciones y condiciones que deben observarse para ejercerlas.–De acuerdo con lo previsto en el artículo 4.3 del Real Decreto 959/1990 y a reserva del cumplimiento de los requisitos especificados en los apartados 1.2.5, 1.2.6 y 2.1, las atribuciones de un Piloto de Transporte de Línea Aérea de avión serán:
Eliminadoa) Ejercer todas las atribuciones del titular de una licencia de Piloto Privado y de Piloto Comercial de avión y de una habilitación de vuelo por instrumentos-avión.
Antesb) Actuar de piloto al mando y de copiloto de aviones en servicios de transporte aéreo.
Ahora**(Derogado)**
2.6
Eliminado2.6.1 Requisitos para expedir la habilitación.
Eliminado2.6.1.1 Conocimientos: El solicitante habrá demostrado un nivel de conocimientos apropiado a las atribuciones que la habilitación de vuelo por instrumentosavión confiere a su titular, como mínimo en las materias siguientes:
EliminadoDerecho aéreo.
Eliminadoa) Las disposiciones y reglamentos pertinentes a los vuelos IFR; los métodos y procedimientos apropiados de los servicios de tránsito aéreo.
EliminadoConocimiento general de las aeronaves.
Eliminadob) La utilización, limitaciones y condiciones de funcionamiento del equipo de aviónica y de los instrumentos necesarios para el control y la navegación de aviones en vuelos IFR y en condiciones meteorológicas de vuelo por instrumentos; utilización y limitaciones del piloto automático.
Eliminadoc) Brújulas, errores al virar y al acelerar; instrumentos giroscópicos, límites operacionales y efectos de precesión; métodos y procedimientos en caso de mal funcionamiento de los diversos instrumentos de vuelo.
EliminadoPerformance y planificación de vuelo.
Eliminadod) Los preparativos y verificaciones previos al vuelo correspondientes a los vuelos IFR.
Eliminadoe) La planificación operacional del vuelo; la preparación y presentación de los planes de vuelo requeridos por los servicios de tránsito aéreo para vuelos IFR; los procedimientos de reglaje del altímetro.
EliminadoActuación y limitaciones humanas.
Eliminadof) Actuación y limitaciones humanas correspondientes al vuelo por instrumentos en avión.
EliminadoMeteorología.
Eliminadog) La aplicación de la meteorología aeronáutica; la interpretación y utilización de los informes, mapas y pronósticos; claves y abreviaturas; los procedimientos para obtener información meteorológica y uso de la misma; altimetría.
Eliminadoh) Las causas, el reconocimiento y la influencia de la formación de hielo en los motores y en la célula; los procedimientos de penetración de zonas frontales; forma de evitar condiciones meteorológicas peligrosas.
EliminadoNavegación.
Eliminadoi) Navegación aérea práctica mediante radioayudas para la navegación.
Eliminadoj) La utilización, precisión y confiabilidad de los sistemas de navegación empleados en las fases de salida, vuelo en ruta, aproximación y aterrizaje; la identificación de las radioayudas para la navegación.
EliminadoProcedimientos operacionales.
Eliminadok) La interpretación y utilización de documentos aeronáuticos tales como los AIP, los NOTAM, los códigos y abreviaturas aeronáuticos y las cartas de procedimientos de vuelo por instrumentos para la salida, vuelo en ruta, descenso y aproximación.
Eliminadol) Los procedimientos preventivos y de emergencia; las medidas de seguridad relativas a los vuelos IFR.
EliminadoRadiotelefonía.
Eliminadom) Los procedimientos y fraseología radiotelefónicos aplicables a las aeronaves en vuelos IFR; las medidas que deben tomarse en caso de fallo de las comunicaciones.
Eliminado2.6.1.2 Experiencia.
Eliminado2.6.1.2.1 El solicitante estará en posesión de un título de Piloto Privado o Comercial de avión, y licencia en vigor.
Eliminado2.6.1.2.2 El solicitante habrá realizado, como mínimo:
Eliminadoa) Cincuenta horas de vuelo como piloto al mando en vuelo de travesía en aeronaves de categorías aceptadas al efecto por la Autoridad Aeronáutica, de las cuales diez horas, como mínimo, en aviones.
Eliminadob) Cuarenta horas de vuelo por instrumentos en helicóptero o avión. De ellas un máximo de veinte horas pueden hacerse en entrenador de procedimientos de vuelo o entrenador básico de vuelo por instrumentos, o treinta horas en simulador de vuelo. Las horas en entrenador sintético de vuelo se efectuarán bajo la supervisión de instructor autorizado.
Eliminado2.6.1.3 Instrucción de vuelo.
Eliminado2.6.1.3.1 El solicitante habrá realizado un mínimo de diez horas de instrucción de vuelo por instrumentos en aviones con doble mando supervisado por un instructor autorizado. El instructor se asegurará de que la experiencia operacional del solicitante ha alcanzado el nivel de actuación exigido al titular de una habilitación de vuelo por instrumentos, como mínimo en los siguientes aspectos:
Eliminadoa) Los procedimientos previos al vuelo, que incluirán la utilización del manual de vuelo o de un documento equivalente, y de los documentos correspondientes de los servicios de tránsito aéreo, para la preparación de un plan de vuelo IFR.
Eliminadob) La inspección previa al vuelo, la utilización de listas de verificación, rodaje y las verificaciones previas al despegue.
Eliminadoc) Los procedimientos y maniobras para vuelos IFR en condiciones normales, anormales y de emergencia que comprendan como mínimo:
EliminadoLa transición al vuelo por instrumentos al despegar.
EliminadoSalidas y llegadas normalizadas por instrumentos.
EliminadoProcedimientos IFR en ruta.
EliminadoProcedimientos de espera.
EliminadoAproximaciones por instrumentos hasta los mínimos especificados.
EliminadoProcedimientos de aproximación frustrada.
EliminadoAterrizajes a partir de aproximaciones por instrumentos.
Eliminadod) Maniobras en vuelo y características peculiares de vuelo.
Eliminado2.6.1.3.2 Para que las atribuciones de la habilitación puedan ejercerse en aviones multimotores, el solicitante habrá recibido de un instructor de vuelo reconocido instrucción con doble mando en un avión de este tipo. El instructor se asegurará de que el solicitante posee experiencia operacional en el manejo del avión exclusivamente por referencia a los instrumentos con un motor inactivo o simuladamente inactivo.
Eliminado2.6.1.4 Pericia.
Eliminado2.6.1.4.1 El solicitante habrá demostrado su capacidad para ejecutar los procedimientos y maniobras descritos en el apartado 2.6.1.3.1 con un grado de competencia apropiado a las atribuciones que la habilitación de vuelo por instrumentos de avión confiere a su titular, y:
Eliminadoa) Pilotar el avión dentro de sus limitaciones.
Eliminadob) Ejecutar todas las maniobras con suavidad y precisión.
Eliminadoc) Demostrar buen juicio y aptitud para el vuelo.
Eliminadod) Aplicar los conocimientos aeronáuticos.
Eliminadoe) Dominar el avión en todo momento de modo que nunca haya serias dudas en cuanto a la ejecución de algún procedimiento o maniobra.
Eliminado2.6.1.4.1.1 Para que las atribuciones de la habilitación de vuelo por instrumentos puedan ejercerse en aviones multimotores, el solicitante habrá demostrado su capacidad para pilotar dicho tipo de avión guiándose exclusivamente por instrumentos con un motor inactivo o simuladamente inactivo.
Eliminado2.6.1.5 Aptitud psicofísica.
Eliminado2.6.1.5.1 Los solicitantes que sean titulares de la licencia de Piloto Privado, habrán satisfecho los requisitos de agudeza auditiva de conformidad con los correspondientes a la evaluación médica de clase 1.
Eliminado2.6.2 Atribuciones y condiciones que deben observarse para ejercerlas.
Eliminado2.6.2.1 A reserva del cumplimiento de los requisitos especificados en los apartados 1.2.5, 1.2.6 y 2.1, las atribuciones del titular de una habilitación de vuelo por instrumentos de avión serán pilotar aviones en vuelos IFR.
Antes2.6.2.2 Antes de ejercer las atribuciones en aviones multimotores, el titular de la habilitación habrá dado cumplimiento a los requisitos del apartado 2.6.1.4.1.1.
Ahora**(Derogado)**
2.7

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2.8

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2.9

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2.10

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2.11

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2.12

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2.13

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3.1

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3.2
Eliminado3.2.1 Requisitos para expedir el título y la licencia.
Eliminado3.2.1.1 Edad: El solicitante habrá de tener dieciocho años cumplidos.
Eliminado3.2.1.2 Requisitos académicos: El solicitante estará en posesión del COU o equivalente.
Eliminado3.2.1.3 Conocimientos: El solicitante habrá demostrado un nivel de conocimientos apropiado a las atribuciones que el título de navegante confiere, como mínimo en las materias siguientes:
EliminadoDerecho aéreo.
Eliminadoa) Las disposiciones y reglamentos correspondientes al navegante; los métodos y procedimientos apropiados de los servicios de tránsito aéreo.
EliminadoPerformance y planificación de vuelo.
Eliminadob) La influencia de la carga y de la distribución de la masa en la performance de la aeronave.
Eliminadoc) El uso de los datos de performance de despegue, de aterrizaje y de otras operaciones, que incluirán los procedimientos de control en vuelo de crucero.
Eliminadod) La planificación operacional previa al vuelo y en ruta; la preparación y presentación de planes de vuelo requeridos por los servicios de tránsito aéreo; los procedimientos apropiados de los servicios de tránsito aéreo; los procedimientos de reglaje del altímetro.
EliminadoActuación y limitaciones humanas.
Eliminadoe) Actuación y limitaciones humanas correspondientes al navegante.
EliminadoMeteorología.
Eliminadof) La interpretación y aplicación de los informes meteorológicos aeronáuticos, mapas y pronósticos; claves y abreviaturas; los procedimientos para obtener información meteorológica, antes del vuelo y en vuelo y uso de la misma; altimetría.
Eliminadog) Meteorología aeronáutica; climatología de las zonas pertinentes respecto a los elementos que tengan repercusiones para la aviación; el desplazamiento de los sistemas de presión, la estructura de los frentes y el origen y características de los fenómenos del tiempo significativo que afectan a las condiciones de despegue, al vuelo en ruta y al aterrizaje.
EliminadoNavegación.
Eliminadoh) Los procedimientos de navegación a estima, la isobárica y la astronómica; la utilización de cartas aeronáuticas, radioayudas para la navegación aérea y sistemas de navegación de área; los requisitos específicos de navegación para los vuelos de larga distancia.
Eliminadoi) La utilización, limitación y estado de funcionamiento de los dispositivos de aviónica y de los instrumentos necesarios para la navegación de la aeronave.
Eliminadoj) La utilización, precisión y confiabilidad de los sistemas de navegación empleados en las fases de salida, vuelo en ruta y aproximación; la identificación de las radioayudas para la navegación.
Eliminadok) Los principios, características y utilización de los sistemas de navegación autónomos y por referencias externas; manejo del equipo de a bordo.
Eliminadol) La esfera celeste, incluido el movimiento de los cuerpos celestes, así como la selección e identificación de los mismos para su observación y para la transformación de las observaciones en datos utilizables; calibración de sextantes; forma de completar los documentos de navegación.
Eliminadom) Las definiciones, unidades y fórmulas utilizadas en la navegación aérea.
EliminadoProcedimientos operacionales.
Eliminadon) La interpretación y utilización de documentos aeronáuticos tales como los AIP, los NOTAM, los códigos y abreviaturas aeronáuticos y las cartas de procedimientos de vuelo por instrumentos para la salida, vuelo en ruta, descenso y aproximación.
EliminadoPrincipios de vuelo.
Eliminadoo) Los principios de vuelo.
EliminadoRadiotelefonía.
Eliminadop) Los procedimientos y fraseología radiotelefónicos; las medidas a tomar en caso de fallo de comunicaciones.
Eliminado3.2.1.4 Experiencia.
Eliminado3.2.1.4.1 El solicitante habrá realizado como mínimo doscientas horas de vuelo, desempeñando las funciones de navegante en aeronaves dedicadas a vuelos de travesía, que incluirán un mínimo de treinta horas de vuelo nocturno.
Eliminado3.2.1.4.1.1 Cuando el solicitante tenga experiencia como piloto, se determinará si dicha experiencia es aceptable y, en tal caso, la consiguiente homologación de tiempo en relación a lo estipulado en el apartado 3.2.1.4.1.
Eliminado3.2.1.4.2 El solicitante presentará pruebas de haber determinado satisfactoriamente en vuelo la posición de la aeronave y de haber utilizado dicha información para la navegación de la aeronave:
Eliminadoa) De noche –no menos de veinticinco veces mediante observaciones astronómicas–; y
Eliminadob) De día –no menos de veinticinco veces mediante observaciones astronómicas– en combinación con los sistemas de navegación autónomos o por referencias externas.
Eliminado3.2.1.5 Pericia: El solicitante habrá demostrado su capacidad para actuar como navegante con un grado de competencia apropiado a las atribuciones que el título de Navegante confiere a su titular, y
Eliminadoa) Demostrar buen juicio y aptitud para el vuelo.
Eliminadob) Aplicar los conocimientos aeronáuticos.
Eliminadoc) Cumplir con sus obligaciones como parte integrante de la tripulación; y
Eliminadod) Comunicarse de manera eficaz con los demás miembros de la tripulación de vuelo.
Eliminado3.2.1.6 Aptitud psicofísica: El solicitante poseerá una evaluación médica de clase 1 vigente.
Antes3.2.2 Atribuciones y condiciones que deben observarse para ejercerlas.–De acuerdo con el artículo 4.9 del Real Decreto 959/1990, de 8 de junio, y a reserva del cumplimiento de los requisitos previstos en los apartados 1.2.5 y 1.2.6, las atribuciones del navegante serán actuar como navegante en cualquier aeronave.
Ahora**(Derogado)**
3.3

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