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27 dic 1999

Real Decreto 296/1996, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Médicos Forenses

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 21
Antes5. En caso de empate en la puntuación se acudirá para dirimirlo a la antigüedad, salvo que las bases de la convocatoria dispongan otra cosa.
Ahora5.**(Anulado)**
Artículo 61
Antes2. Para solicitar la declaración de la situación de excedencia voluntaria por interés particular será preciso haber prestado tres años de servicios efectivos desde que accedió al Cuerpo o desde su reingreso, y en tal situación no podrá permanecer más de diez años continuados ni menos de dos años.
Ahora2.**(Anulado)**