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24 jun 1999

Real Decreto 1177/1992, de 2 de octubre, por el que, se reestructura la Comisión Permanente del Hormigón

Qué ha cambiado (3 artículos)

Artículo 4
Eliminadob) Cinco representantes del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, pertenecientes a los siguientes centros directivos u organismos:
Eliminado– Dirección General de Carreteras.
Eliminado– Dirección General de Infraestructura del Transporte Ferroviario.
Eliminado– Dirección General para la Vivienda y Arquitectura.
Eliminado– Dirección General de Sistemas de Información y Control de Gestión y Procedimiento.
Eliminado– Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX).
Eliminadoc) Dos representantes del Ministerio de Educación y Ciencia, pertenecientes al área de construcción y al Instituto de Ciencias de la Construcción «Eduardo Torroja».
Eliminadod) Un representante del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, perteneciente al Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
Antese) Dos representantes del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, correspondientes a las áreas de industrias de la construcción y de política tecnológica.
Ahorab) Cinco representantes del Ministerio de Fomento, pertenecientes a los siguientes centros directivos u organismos:
Párrafo añadido
Subsecretaría. Inspección General.
Párrafo añadido
Dirección General de Carreteras.
Párrafo añadido
Dirección General de Ferrocarriles y Transportes por Carretera.
Párrafo añadido
Dirección General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo.
Párrafo añadido
Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX).
Párrafo añadido
c) Dos representantes de los Ministerios de Educación y Cultura, pertenecientes al área de construcción y al Instituto de Ciencias de la Construcción «Eduardo Torroja».
Párrafo añadido
d) Un representante del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, perteneciente al Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
Párrafo añadido
e) Dos representantes del Ministerio de Industria y Energía, correspondientes a las áreas de industrias de la construcción, y de calidad y seguridad industrial.
Antes4. Será Secretario un funcionario de la Subdirección General de Normativa Técnica y Análisis Económico de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, quien actuará en la Comisión con voz y voto.
Ahoraj) Dos representantes del Ministerio de Medio Ambiente, correspondientes a las áreas de ingeniería hidráulica y de calidad de las aguas.
Párrafo añadido
4. Será Secretario un funcionario de la Subdirección General de Normativa y Estudios Técnicos y Análisis Económico de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, quien actuará en la Comisión con voz y voto.
Artículo 5
Antesa) Los previstos en las letras a), b), c), d), e) y f) del apartado 3 del artículo 4 y sus correspondientes suplentes, a propuesta del titular del Departamento al que representan.
Ahoraa) Los previstos en los párrafos a), b), c), d), e), f) y j) del apartado 3 del artículo 4 y sus correspondientes suplentes a propuesta del titular del Departamento al que representan.
Disposición final única
AntesLa composición de la Comisión Permanente del Hormigón podrá ser modificada por Orden del Ministro de Obras Públicas y Transportes, previa aprobación del Ministro para las Administraciones Públicas, cuando tenga por objeto la adaptación de la citada Comisión a las reorganizaciones administrativas que se aprueben con posterioridad.
AhoraLa composición de la Comisión Permanente del Hormigón podrá ser modificada por Orden del Ministro de Obras Públicas y Transportes, previa aprobación del Ministro de Administraciones Públicas, cuando tenga por objeto la adaptación de la citada Comisión a las reorganizaciones administrativas que se aprueben con posterioridad.