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26 ene 1999

Real Decreto 1571/1993, de 10 de septiembre, por el que se adapta la Reglamentación de la matrícula turística a las consecuencias de la armonización fiscal del mercado interior

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 17
Eliminadoc) El personal técnico-administrativo, debidamente aceptado y documentado en tal condición por el Ministerio de Asuntos Exteriores, de las Misiones Diplomáticas acreditadas y residentes en España y de los organismos internacionales con sede u oficina en territorio español, siempre que no sean españoles ni tengan residencia permanente en España.
Eliminadod) El personal, debidamente aceptado y documentado por el Ministerio de Asuntos Exteriores en la categoría de «empleado consular», de las oficinas consulares acreditadas y residentes en España, siempre que no sean españoles ni tengan residencia permanente en España.
Eliminadoe) El cónyuge e hijos de las personas debidamente documentadas y aceptadas con estatuto diplomático por el Ministerio de Asuntos Exteriores en las misiones diplomáticas acreditadas y residentes en España y en los organismos internacionales con sede u oficina en territorio español.
Antesf) El cónyuge e hijos de las personas debidamente documentadas y aceptadas con estatuto de «funcionario consular de carrera» por el Ministerio de Asuntos Exteriores en las oficinas consulares acreditadas y residentes en España.
Ahorac)**(Derogado)**
Párrafo añadido
d)**(Derogado)**
Párrafo añadido
e)**(Derogado)**
Párrafo añadido
f)**(Derogado)**