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29 dic 1998

Ley 7/1997, de 3 de octubre, de creación de la Agencia de Desarrollo Económico de la Comunidad Autónoma de La Rioja

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 2
Antesd) Por el ordenamiento jurídico privado en sus relaciones con terceros, en su actividad patrimonial y en la contratación, con las únicas excepciones previstas en esta Ley.
Ahorad) Por el ordenamiento jurídico privado en sus relaciones con terceros y en su actividad patrimonial, con las únicas excepciones previstas en esta Ley. En materia de contratación se regirá por la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas.
Artículo 15
Antes2. Formará parte del patrimonio de la Agencia las acciones de que sea titular la Comunidad Autónoma de La Rioja en todas las sociedades.
Ahora2. Formarán parte del patrimonio de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja las acciones de que sea titular la Comunidad Autónoma de La Rioja en las sociedades cuya finalidad principal sea la promoción económica. Reglamentariamente se regularán las condiciones y procedimiento para su adscripción.