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14 jun 1997
Orden de 18 de enero de 1993 sobre zonas prohibidas y restringidas al vuelo
Orden · Ya no está en vigor · Orden de 18 de enero de 1993 sobre zonas prohibidas y restringidas al vuelo
Qué ha cambiado (1 artículo)
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AntesLímites verticales: Desde nivel de vuelo 100 hasta nivel de vuelo 245.
AhoraLímites verticales: Desde 5.000 pies de altitud hasta nivel de vuelo 245.
AntesLímites verticales: Desde tierra a 4.000 pies de altitud.
AhoraLímites verticales:
Párrafo añadido
Desde tierra a 4.000 pies de altitud para vuelos IFR.
Párrafo añadido
Desde tierra hasta ilimitado para vuelos VFR.
AntesLímites verticales: Desde tierra hasta 4.000 pies de altitud.
AhoraLímites verticales:
Párrafo añadido
Desde tierra a 4.000 pies de altitud para vuelos IFR.
Párrafo añadido
Desde tierra hasta ilimitado para vuelos VFR.