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11 mar 1997

Orden de 10 de diciembre de 1987 por la que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento Interno del Consejo Social de la Universidad Politécnica de Madrid

Qué ha cambiado (3 artículos)

Artículo 13
AntesLa convocatoria suscrita por el Secretario contendrá el orden del día y deberá efectuarse con una antelación mínima de quince días hábiles a la fecha de su celebración.
AhoraLa convocatoria suscrita por el Secretario contendrá el orden del día e información al respecto y deberá efectuarse con una antelación mínima de seis días hábiles a la fecha de su celebración o de tres días hábiles cuando se acrediten razones de urgencia.
Artículo 14
EliminadoArtículo 14. Adopción de acuerdos.
EliminadoPara la adopción válida de acuerdos del Pleno deberán estar presentes, en primera convocatoria, al menos 13 de sus miembros y votar a favor del acuerdo la mayoría de los presentes; en segunda convocatoria deberán estar presentes al menos 11 de sus miembros y votar a favor del acuerdo la mayoría de los presentes.
AntesEl Presidente tendrá voto de calidad en los casos de empate.
AhoraArtículo 14. Constitución del Pleno y adopción de acuerdos.
Párrafo añadido
Para la constitución válida del Pleno así como para la adopción válida de acuerdos deberán estar presentes más de la mitad de los miembros que con derecho a voto pertenezcan al Consejo Social, incluido necesariamente su Presidente o quien le sustituya.
Párrafo añadido
La adopción de un acuerdo requerirá el voto favorable de más de la mitad de los presentes en el momento de la votación.
Párrafo añadido
En todo caso deberá estar presente el Secretario o quién le sustituya.
Artículo 21
AntesPodrá proponer la reforma de este Reglamento un número no inferior a 11 miembros del Consejo Social.
AhoraPodrá proponer la reforma de este Reglamento un número no inferior a cinco miembros del Consejo Social.
AntesLa aprobación de la propuesta de reforma requerirá el voto favorable de al menos 13 de los miembros del Consejo.
AhoraLa aprobación de la propuesta de reforma requerirá el voto favorable de más de la mitad de los miembros con derecho a voto que pertenezcan al Consejo Social.