← Volver
29 jun 1996
Ley 3/1985, de 26 de diciembre, de Ordenación de la Función Publica de la Administración del Principado de Asturias
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 49▾
Párrafo añadido
8. Los funcionarios de carrera de la Administración del Principado de Asturias que desempeñen puestos de trabajo calificados de altos cargos con categoría igual o superior a Director regional, continuarán consolidando el grado personal hasta alcanzar el correspondiente al nivel 30, con los plazos y requisitos que se señalan en el apartado 2 del presente artículo.