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30 dic 1995

Ley 9/1990, de 8 de noviembre, reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid

Qué ha cambiado (2 artículos)

Art 55
Antesb) Contratos de suministro, de asistencia técnica y científica y de arrendamiento de equipos que no puedan ser estipulados o resulten antieconómicos por plazo de un año.
Ahorab) Contratos de suministro, de consultoría y asistencia, de servicios y trabajos específicos y concretos no habituales que no puedan ser estipulados o que resulten antieconómicos por plazo de un año.
Art 83
Párrafo añadido
4. No estarán sometidas a intervención previa las subvenciones con asignación nominativa en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, los gastos de carácter periódico y demás de tracto sucesivo una vez intervenido el gasto correspondiente al período inicial del acto o contrato del que deriven o sus modificaciones, así como los contratos menores.