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30 dic 1994

Ley 9/1990, de 8 de noviembre, reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid

Qué ha cambiado (1 artículo)

Art 64
Párrafo añadido
d) Cuando se vean afectados créditos de la sección "Deuda Pública".
Párrafo añadido
e) Cuando la transferencia esté motivada por operaciones cuya financiación sea exclusivamente comunitaria, o se realice conjuntamente por la Comunidad de Madrid y la Comunidad Europea, previo informe favorable de la Consejería de Hacienda.