Saltar al contenido
← Volver
25 nov 1994

Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Qué ha cambiado (1 artículo)

Disposición final cuarta
EliminadoEstarán exentos en el Impuesto sobre Sociedades, los incrementos de patrimonio a título gratuito obtenidos por las entidades a que se refiere el artículo 5º de la Ley 61/1978, de 27 de diciembre.
AntesEl mismo beneficio será aplicable a las Asociaciones confesionales no católicas reconocidas, cuando concurran las condiciones y requisitos establecidos en los artículos y de la Ley Orgánica 7/1980, de 5 de julio, sobre Libertad Religiosa.
AhoraEl mismo beneficio será aplicable a las Asociaciones confesionales no católicas reconocidas, cuando concurran las condiciones y requisitos establecidos en los artículos 6.º y 7.º de la Ley Orgánica 7/1980, de 5 de julio, sobre Libertad Religiosa.