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9 jun 1994

Real Decreto 731/1987, de 15 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Consorcio de Compensación de Seguros

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 2
AntesEl Consorcio de Compensación de Seguros podrá ceder o retroceder en reaseguro parte de los riesgos que asuma, en virtud de lo dispuesto en este Reglamento a Entidades españolas o extranjeras que estén autorizadas para realizar operaciones de esta naturaleza. Las modalidades de reaseguro serán las que en cada momento se estimen más convenientes por la Junta de Gobierno del Organismo.
Ahora**(Anulado)**