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8 mar 1994
Real Decreto 984/1989, de 28 de julio, por el que se determina la estructura orgánica dependiente de la Presidencia de las Confederaciones Hidrográficas
Qué ha cambiado (1 artículo)
Art 5▾
Eliminadoa) El estudio, redacción del proyecto, dirección y explotación de las obras y aprovechamientos financiados con fondos del organismo o que encomienden a éste el Estado, las Comunidades Autónomas, las Corporaciones Locales, otras Entidades públicas o privadas, o los particulares.
Eliminadob)**(Anulado)**
Eliminadoc) La supervisión y aprobación técnica de los proyectos que hayan de ser financiados con fondos propios del Organismo.
Eliminadod) Las actuaciones encaminadas a lograr el aprovechamiento más racional del agua.
Eliminadoe) El estudio y propuesta de las exacciones a que se refiere el artículo 106 de la Ley de Aguas y de las tarifas y precios relativos al régimen fiscal en materia de aguas y demás bienes del dominio publico hidráulico, salvo los regulados en los artículos 104 y 105 de dicha Ley.
Eliminadof) La ejecución de las órdenes de desembalse.
Antesg) La designación de los Directores e Inspectores de las obras.
Ahoraa) Estudio, redacción del proyecto, dirección y explotación de las obras y aprovechamientos financiados con fondos del organismo o que encomienden a éste el Estado, las Comunidades Autónomas, las Corporaciones Locales, otras entidades públicas o privadas, o los particulares.
Párrafo añadido
b) La supervisión y aprobación técnica de los proyectos que hayan de ser financiados con fondos propios del organismo.
Párrafo añadido
c) Las actuaciones encaminadas a lograr el aprovechamiento más racional del agua.
Párrafo añadido
d) El estudio y propuesta de las exacciones a que se refiere el artículo 106 de la Ley de Aguas y de las tarifas y precios relativos al régimen fiscal en materia de aguas y demás bienes del dominio público hidráulico, salvo los regulados en los artículos 104 y 105 de dicha Ley.
Párrafo añadido
e) La ejecución de las órdenes de desembalse.
Párrafo añadido
f) La designación de los directores e inspectores de las obras.