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31 dic 1993

Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 24
Antesb) Las tasas que perciba por la realización de sus actividades, conforme a lo previsto en el anexo de la presente Ley.
Ahorab) Las tasas que perciba por la realización de sus actividades o la prestación de sus servicios.