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5 may 1993
Real Decreto 308/1983, de 25 de enero, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria de Aceites Vegetales Comestibles
Real Decreto · Ya no está en vigor · Real Decreto 308/1983, de 25 de enero, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria de Aceites Vegetales Comestibles
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III▾
Eliminado1.1 Todos los locales destinados a cualquier manipulación de materas primas, productos intermedios o finales estarán debidamente aislados de cualquier otro ajeno a sus cometidos específicos.
AntesEn concreto, dichos locales y los de las industrias dedicadas a procesos de fraccionamiento, desdoblamiento, esterificación, obtención o transformación de grasas animales y fabricación de aceites industriales, estarán netamente separados y sin más comunicación entre sí que a través de la vía publica.
Ahora1.1 Las industrias dedicadas a la fabricación de aceites y grasas comestibles deberán estar debidamente aisladas de cualquier otra industria ajena a sus cometidos específicos y, en particular, de las que fabrican aceites y grasas industriales.
Antes1.3 No podrán tener equipos o instalaciones que estén expresamente preparados para tratamientos de aceites distintos de los autorizadas en la presente Reglamentación.
Ahora1.3**(Suprimido)**
Eliminado6.5 El empleo, tenencia o manipulación en las industrias dedicadas a la extracción, refinación, envasado o almacenamiento a granel de aceites vegetales comestibles, así como en sus anejos, de cualquier disolvente o aditivo cuyo empleo no esté expresamente autorizado y en concreto:
EliminadoGlicerina.
AntesGrasas animales y aceites o grasas industriales o de síntesis.
Ahora6.5 El empleo, tenencia o manipulación en las industrias dedicadas a la extracción, refinación, envasado o almacenamiento a granel de aceites vegetales comestibles así como en sus anejos, de cualquier disolvente o aditivo cuyo empleo no esté autorizado y además:
Párrafo añadido
- Glicerina.
Párrafo añadido
- Aceites o grasas industriales o de síntesis.