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14 jul 1992
Ley 2/1981, de 25 de marzo, de regulación del mercado hipotecario
Ley · Ya no está en vigor · Ley 2/1981, de 25 de marzo, de regulación del mercado hipotecario
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo quince▾
Párrafo añadido
En caso de quiebra de la entidad emisora de la participación, el negocio de emisión de la participación sólo será impugnable en los términos del artículo 10 y, en consecuencia, el titular de aquella participación gozará de derecho absoluto de separación en los términos previstos en los artículos 908 y 909 del Código de Comercio. Igual derecho de separación le asistirá en caso de suspensión de pagos o situaciones asimiladas de la entidad emisora de la participación.