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8 nov 1990

Real Decreto 2297/1981, de 20 de agosto, por el que se aprueba la Reglamentación Especial para la Elaboración, Circulación y Comercio de la Ginebra

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 8
Antes4. Se prohíbe el establecimiento de plantas para envasar o embotellar ginebra en todo el territorio nacional, salvo que dichas plantas constituyan una sección fabril, dependiente de una o varias industrias elaboradoras de ginebra.
Ahora4.**(Derogado)**