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5 abr 1990
Ley 5/1989, de 6 de julio, de Protección y Ordenación de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai
Qué ha cambiado (4 artículos)
Artículo 23▾
Antesb) Si las Administraciones citadas no ejercitaran el tanteo en el plazo de**60 días naturales**siguientes a la notificación completa y fehaciente, se producirá la caducidad de tal derecho.
Ahorab) Si las Administraciones citadas no ejercitaran el tanteo en el plazo de 60 días naturales siguientes a la notificación completa y fehaciente, se producirá la caducidad de tal derecho.
AntesEste se ejercitará en el plazo de**6 meses**contados desde el siguiente a la notificación que el adquirente deberá hacer en todo caso a aquélla, de las condiciones esenciales en que efectuó la transmisión, mediante entrega fehaciente de la copia de la escritura pública correspondiente.
AhoraEste se ejercitará en el plazo de 6 meses contados desde el siguiente a la notificación que el adquirente deberá hacer en todo caso a aquélla, de las condiciones esenciales en que efectuó la transmisión, mediante entrega fehaciente de la copia de la escritura pública correspondiente.
Artículo 27▾
El texto de este artículo no cambió en esta reforma. Es posible que el cambio afecte a su numeración o contexto dentro de la ley.
Artículo 28▾
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Artículo 29▾
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