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30 jul 1988

Ley 14/1985, de 29 mayo, de Régimen Fiscal de Determinados Activos Financieros

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo tercero
Párrafo añadido
No obstante, los títulos representativos de la captación de capitales ajenos seguirán el régimen recogido en esta .Ley para los activos financieros con rendimiento explícito, cuando el efectivo anual que produzcan en esta naturaleza sea igual o superior al que resultaría de aplicar el tipo de interés que, a este efecto, se fije en la Ley de Presupuestos Generales del Estado o, en su defecto, el tipo de interés legal del dinero vigente en el momento de la emisión, aunque en las condiciones de emisión o amortización se hubiese fijado, total o parcialmente, de forma implícita, otro rendimiento adicional.